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Procedimiento: Social Ordinario 64/2012. Negociado: 2I.
NIG: 4109144S20120000687.
De: Don Manuel Aguilera Vallejo.
Contra: Hormigones Varela, S.A., y Palaciegas de Inversiones, S.L.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 64/2012 a instancia de la parte actora don Manuel Aguilera Vallejo contra Hormigones Varela, S.A., y Palaciegas de Inversiones, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha cuatro de junio de dos mil catorce, del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por Manuel Aguilera Vallejo contra las demandadas, Hormigones Varela, S.A. y Fogasa, debo condenar y condeno a la demandada, Hormigones Varela, S.A., a que abone al actor la suma de 1.548,77 euros más el 10% en concepto de interés por mora, absolviendo libremente de los pedimentos de la demanda a Palaciegas de Inversiones, S.L.
No se hace pronunciamiento expreso de condena respecto del Fogasa.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación, declarando la firmeza de la sentencia.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Hormigones Varela, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta De Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a cinco de junio de dos mil catorce.- El/La Secretaria Judicial.
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