Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 24/06/2014

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Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 16 de junio de 2014, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se rectifica el error material advertido en la Resolución de 11 de febrero de 2014, por la que se publican las subvenciones de carácter reglado concedidas durante el cuarto trimestre del año 2013.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por Resolución de 11 de febrero de 2014, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 123 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, se hacen públicas las subvenciones de carácter reglado concedidas, al amparo de la Orden de 20 de febrero de 2012, durante el cuarto trimestre del año 2013.

Segundo. Tras la oportunas comprobaciones, se ha detectado la omisión en dicha Resolución de la subvención concedida a la entidad Solidaridad Internacional de Andalucía para la financiación del proyecto de Cooperación Internacional para el Desarrollo denominado «Fortalecimiento del Liderazgo de Mujeres Indígenas y Campesinas de 5 Municipios de Cochabamba para la Promoción y Defensa de sus Derechos».

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El Director de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo es competente para dictar la presente Resolución en virtud de lo dispuesto en el artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Segundo. El artículo 105.2 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que «Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en su actos».

Vista la normativa citada y la de general aplicación, y en virtud de las competencias atribuidas,

RESUELVO

Único. Rectificar el error advertido en la Resolución de 11 de febrero de 2014, por la que se publican las subvenciones de carácter reglado concedidas, al amparo de la Orden de 20 de febrero de 2012, durante el cuarto trimestre del año 2013, añadiéndose a las subvenciones concedidas para la financiación de proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo ya publicadas la contenida en la siguiente tabla:

Entidad beneficiaria Título Expediente Localización Importe Subvención
Solidaridad Internacional Andalucía Fortalecimiento del Liderazgo de Mujeres Indígenas y Campesinas de 5 Municipios de Cochabamba para la Promoción y Defensa de sus Derechos Bolivia 300.000

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 16 de junio de 2014.- El Director, Enrique Pablo Centella Gómez.

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