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NIG: 4109142C20100064759.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2139/2010. Negociado: 5B.
De: Banco Bilbao Vizcaya, S.A.
Procurador Sr.: Francisco Franco Lama.
Contra: Doña Virginia Astrua Carrión, Óscar Prieto Preciados y Excavaciones y Movimientos de Tierra Óscar León, S.L.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 2139/2010 seguido a instancia de Banco Bilbao Vizcaya, S.A., frente a Virginia Astrua Carrión y Excavaciones y Movimientos de Tierra Óscar León, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA núm. 267/2013
En Sevilla, a 28 de noviembre de 2013; don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el núm. 2139/10, a instancias de la mercantil Banco Bilbao Vizcaya, S.A., representada por el Procurador Sr. Franco Lama y asistida por el Letrado Sr. Sastre Domingo; y como demandados Excavaciones y Movimientos de Tierra Óscar León, S.L., doña Virginia Astrua Carrión y don Óscar Prieto Preciado, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
Fallo
Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. Franco Lama, en representación de la entidad mercantil Banco Bilbao Vizcaya, S.A., contra Excavaciones y Movimientos de Tierra Óscar León S.L., doña Virginia Astrua Carrión y don Óscar Prieto Preciado, debo condenar y condeno a los demandados a que abonen a la actora la suma de 10.852,89 €, más los intereses pactados de la misma; y todo ello con expresa condena en costas a los mencionados demandados.
Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el art. 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.
Para la admisión del referido recurso será preceptiva la previa constitución de un depósito de 50 € en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el modo y forma previstos en la D.A. 15.ª de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada a la misma por la Ley Orgánica 1/09, de 3 de noviembre.
De igual forma, la interposición de dicho recurso conlleva aparejada el abono de una tasa prevista en la vigente Ley 10/12, de 20 de noviembre, con las modificaciones previstas en el RDL 3/2013.
Llévese testimonio de la presente a los autos de su razón con archivo de la original en el Libro de Sentencias. Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dichos demandados, Virginia Astrua Carrión y Excavaciones y Movimientos de Tierra Óscar León, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a los mismo.
En Sevilla, a trece de marzo de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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