Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 01/07/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Acuerdo de 17 de junio de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se otorga la concesión administrativa para la explotación de emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter municipal en la localidad de La Puebla de los Infantes al Ayuntamiento de dicha localidad. (PD. 1883/2014).

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Por Decreto 174/2002, de 11 de junio, se regula el régimen de concesión por la Comunidad Autónoma de Andalucía de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia y la prestación del servicio por parte de los concesionarios.

La Orden de 10 de febrero de 2003, de la Consejería de la Presidencia, desarrolla el procedimiento de concesión de dichas emisoras a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Real Decreto 964/2006, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia, establece las características técnicas de las emisoras correspondientes a las Corporaciones Locales.

Al amparo del régimen jurídico citado, por el Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes se ha solicitado la concesión de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter municipal, acompañada de la documentación exigida en el artículo 3 de la citada Orden de 10 de febrero de 2003.

Por la Consejería de la Presidencia se ha incorporado la reserva provisional de frecuencia y las restantes características técnicas que ha de cumplir la emisora, cumpliéndose los requisitos previstos en el articulo 4 de la Orden citada.

A propuesta del Consejero de la Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del dia 17 de junio de 2014

ACUERDO

Primero. Conceder al Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes la concesión administrativa para el funcionamiento de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, con las características técnicas que se indican en el Anexo al presente Acuerdo.

Segundo. El plazo de vigencia de la concesión es de diez años, a contar desde la notificación del acta de conformidad final, y podrá renovarse sucesivamente por períodos iguales, a petición del concesionario formulada con una antelación mínima de tres meses a la fecha de su vencimiento.

Tercero. El otorgamiento de la concesión, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se formalizará mediante la firma del correspondiente contrato administrativo de gestión de servicios públicos.

Cuarto. La frecuencia y características autorizadas a la emisora tienen el carácter de reserva provisional, hasta tanto no se aprueben definitivamente, en aplicación del procedimiento previsto en la normativa vigente.

Quinto. Corresponderá a la Consejería de la Presidencia la ejecución de los actos derivados del presente Acuerdo.

Contra el presente Acuerdo cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde día siguiente al de su notificación o publicación ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de junio de 2014

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
MANUEL JIMÉNEZ BARRIOS
Consejero de la Presidencia
ANEXO
Provincia Localidad F MHz Longitud Latitud Cota HEFM PRAW P D
SEVILLA LA PUEBLA DE LOS INFANTES 107.0 005W2316 37N4643 275 37 25 M ND

Leyenda de las características técnicas:

F MHz: Frecuencia de emisión, en megahertzios.

Longitud, Latitud, Cota: Coordenadas geográficas y cota del centro emisor.

HEFM: Altura efectiva máxima de la antena, en metros.

PRAW: Potencia radiada aparente máxima en vatios.

P: Polarización de la emisión; Mixta (M).

D: Características de radiación, No directiva.

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