Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 14/07/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 24 de junio de 2014, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del Centro Docente Privado de Educación Secundaria «Altair», de Sevilla.

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Javier Delgado Espada, como representante de la entidad Sociedad Anónima para el Fomento de Enseñanzas del Sur (SAFES), titular del centro docente privado de Educación Secundaria «Altair», con domicilio en C/ Barbero de Sevilla núm. 1, de Sevilla, por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta el mismo por la autorización de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior de Animación de Actividades Físicas y Deportivas, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el citado centro de Educación Secundaria, con código 41006390, tiene autorización para impartir dieciséis unidades de Educación Secundaria Obligatoria, diez unidades de Bachillerato (seis en la modalidad de Ciencias y Tecnología y cuatro en la de Humanidades y Ciencias Sociales), seis ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio (uno de Instalaciones eléctricas y automáticas, uno de Electromecánica de vehículos automóviles, dos de Laboratorio, uno de Gestión administrativa y uno de Sistemas microinformáticos y redes) y seis ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior (uno de Sistemas de regulación y control automáticos que ha sido sustituido por el de Automatización y robótica industrial mediante el Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial y se fijan sus enseñanzas mínimas, uno de Sistemas electrotécnicos y automatizados, uno de Laboratorio de análisis y de control de calidad, uno de Administración y finanzas, uno de Administración de sistemas informáticos en red y uno de Desarrollo de aplicaciones web).

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Sevilla y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE de 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la Educación Infantil, la Educación Primaria y la Educación Secundaria; el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo; el Real Decreto 2048/1995, de 22 de diciembre (BOE de 9 de febrero de 1996), por el que se establece el título de Formación Profesional de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al centro docente privado de Educación Secundaria «Altair», código 41006390 y domicilio en C/ Barbero de Sevilla núm. 1, de Sevilla, cuyo titular es Sociedad Anónima para el Fomento de Enseñanzas del Sur (SAFES), que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación Secundaria Obligatoria: 16 unidades con 480 puestos escolares.

b) Bachillerato:

- Modalidad de Ciencias y Tecnología: 6 unidades.

Puestos escolares: 204.

- Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: 4 unidades.

Puestos escolares: 140.

c) Ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:

Instalaciones eléctricas y automáticas:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Electromecánica de vehículos automóviles:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Laboratorio:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Gestión administrativa:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 52.

Sistemas microinformáticos y redes:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

d) Ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior:

Automatización y robótica industrial:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Sistemas electrotécnicos y automatizados:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos. 2.

Puestos escolares: 60.

Laboratorio de análisis y de control de calidad:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Administración y finanzas:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 52.

Administración de sistemas informáticos en red:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Desarrollo de aplicaciones web:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Animación de actividades físicas y deportivas:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Segundo. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de junio de 2014

LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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