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Procedimiento: Social Ordinario 453/2013. Negociado: 1.
NIG: 4109144S20130004899.
De: Don Roberto Domingo Ávila Álvarez.
Contra: Ya Son Tres Servicios Hosteleros, S.L., y Gestiona y Sabores, S.L.
EDICTO
Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 453/2013 a instancia de la parte actora don Roberto Domingo Ávila Álvarez contra Ya Son Tres Servicios Hosteleros, S.L., y Gestiona y Sabores, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Roberto Domingo Ávila Álvarez contra Ya Son Tres Servicios Hosteleros, S.L., y Gestiona y Sabores, S.L., en cuya virtud:
I. Debo condenar y condeno a las empresas, de forma solidaria, a abonar a la actora la cantidad de dos mil ochocientos euros (2.800 euros).
II. No procede la imposición del interés por mora.
Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación de la Sentencia a los demandados Ya Son Tres Servicios Hosteleros, S.L., y Gestiona y Sabores, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a diez de julio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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