Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 24/07/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Orden de 27 de junio de 2014, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Turismo y Comercio.

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La Consejería de Turismo y Comercio, en virtud de lo establecido en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cuenta con un Registro General con el correspondiente horario que debe ser atendido por el personal necesario tanto en turno de mañana como en turno de tarde.

La Orden de 10 de noviembre de 1999, de la Consejería de Gobernación y Justicia, determina el horario de atención al público de los Registros Generales y las jornadas y horarios del personal a ellos adscritos.

En la relación de puestos de trabajo de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo y Comercio no existe actualmente puesto alguno que incluya la característica de atención al registro en el turno de tarde, por lo que se hace necesaria modificar la relación de puestos de trabajo para incluir la característica «registro: jornada especial tarde» a dos puestos de trabajo.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En su virtud, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.n) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,

D I S P O N G O

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Turismo y Comercio.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Turismo y Comercio queda modificada en los términos indicados en el Anexo de la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de junio de 2014

María Jesús Montero Cuadrado
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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