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La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, regula las condiciones básicas de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), en el que colaboran y participan todas aquellas Administraciones Públicas con competencias en la materia.
La Orden de 3 de agosto de 2007, de la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social, por la que se establecen la intensidad de protección de los servicios, el régimen de compatibilidad de las Prestaciones y la Gestión de las Prestaciones Económicas del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, establece en su artículo 10.1 que el Servicio de Atención Residencial ofrecerá una atención integral y continuada, de carácter personalizado y social, que se prestará en centros residenciales, públicos o acreditados, teniendo en cuenta la naturaleza de la dependencia, grado de la misma e intensidad de cuidados que percibe la persona.
Dentro de la red de centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se encuentra el Centro Residencial de Personas Mayores de Armilla (Granada) que en la actualidad atiende tanto a personas valoradas en grado de gran dependencia como un gran número de residentes procedentes de la exclusión social que requieren cuidados distintos y más personalizados que mejoren la calidad de vida de estas personas.
La configuración actual de la relación de puestos de trabajo del mencionado centro resulta insuficiente para dar respuesta a las necesidades que manifiestan ambos perfiles de personas usuarias lo que supone, por tanto, un aumento en la carga de trabajo del personal que atiende directamente a los residentes.
Por todo ello, la presente Orden pretende reforzar las áreas de enfermería y servicio clínico del Centro Residencial de Personas Mayores de Armilla creando y modificando los puestos de trabajo que se entienden necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones que le son encomendadas y eliminando aquellos puestos de trabajo de otros centros de destino que, en la actualidad, no ofrecen los mencionados servicios a sus usuarios.
Asimismo, se procede a la supresión de un puesto de trabajo de adscripción laboral de Auxiliar Administrativo, declarado a extinguir, que actualmente se encuentra vacante y sin ocupación.
Por otro lado, se procede a homogeneizar las características del puesto de trabajo de Fisioterapeuta del Centro Residencial de Personas Mayores de Marchena que pasa a tener una jornada ordinaria, al igual que los restantes puestos de la misma categoría profesional, de tal manera que la prestación del servicio se produzca en las mismas condiciones que en los restantes centros de la misma tipología.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.
En su virtud, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.a), d) y n) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,
D I S P O N G O
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales queda modificada en los términos indicados en el Anexo I de la presente Orden.
Artículo 2. Adscripción de personal.
El personal que como consecuencia de la presente Orden resulte adscrito a un puesto de trabajo distinto del que ocupaba, tal y como se determina en el Anexo II, mantendrá el mismo carácter de ocupación con que venía desempeñando el anterior.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de julio de 2014
María Jesús Montero Cuadrado | |
Consejera de Hacienda y Administración Pública |