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ANTECEDENTES
Primero. Mediante Orden de 21 de abril de 2005, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 91, de 12 de mayo), se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en diversas opciones del Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía, entre ellas, la de Farmacia (A1.2008), correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2005, publicándose la relación definitiva de aprobados y oferta de vacantes a los aspirantes seleccionados mediante Resolución de 2 de febrero de 2007 de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 43, de 1 de marzo). Contra esta Resolución fue interpuesto recurso de alzada, el cual fue desestimado.
Asimismo, mediante Orden de 12 de abril de 2007, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 85, de 2 de mayo), se nombran funcionarios de carrera del citado Cuerpo Superior Facultativo, opción Farmacia (A1.2008).
Segundo. Contra la desestimación del recurso de alzada interpuesto frente a la Resolución de 2 de febrero de 2007 fue interpuesto recurso contencioso-administrativo por doña Belén Villén Martín, seguido por los cauces del procedimiento núm. 2076/2007, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, dictando la Sentencia núm. 1930/2012, de 11 de junio, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: «Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Fidel Castillo Funes, en nombre y representación de doña Belén Villén Marín, y declaramos no ajustada a Derecho la Resolución impugnada en lo que se refiere a las determinaciones que en ella se contienen sobre la pregunta núm. 26, la cual queda anulada con las consecuencias que de ello se deriven en orden a la nueva valoración de méritos que haya de llevarse a efecto como consecuencia de tal anulación, y, en cuanto a los efectos de adjudicación de la plaza que le pudiera corresponder con los efectos económicos y administrativos que correspondieran desde que tal adjudicación se hubiera tenido que realizar. Sin expresa imposición de las costas procesales que se hubiesen causado.»
Mediante Providencia de 18 de febrero de 2013 la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, determina la firmeza de la citada Sentencia, con el fin de que se lleve a puro y debido efecto lo acordado en la parte dispositiva de la misma.
Tercero. En cumplimiento de la citada Sentencia, la Comisión de Selección de las pruebas selectivas de referencia, mediante Acta de fecha 2 de abril de 2013, acuerda modificar la puntuación de doña Belén Villén Martín, incrementando hasta los 53,7935 puntos, la valoración otorgada en la fase de oposición, lo cual determina, una vez sumados los 68,7900 puntos, correspondientes a la baremación realizada de los méritos en la fase de concurso, una puntuación total en el proceso selectivo de 122,5835.
Cuarto. Con fecha 21 de julio de 2014 se dicta Auto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sede de Granada, en la ejecutoria núm. 213.4/2013, dimanante del recurso contencioso-administrativo núm. 2076/2007.
Dicho Auto acuerda, en su parte dispositiva, apartado 3.º, requerir a la Administración de la Junta de Andalucía para que se lleven a cabo las actuaciones oportunas para el cumplimiento de los pronunciamientos del fallo de la sentencia de 11 de junio de 2012. Por su parte, en su Fundamento Jurídico Primero, párrafo segundo, determina lo siguiente: «Ciertamente que la posibilidad de que la referida lista de aprobados pueda sufrir correcciones en el futuro por el dictado de sentencias que reconozcan a un determinado aspirante una concreta puntuación, puede dar lugar a variaciones en la nota de corte que podrán originar a su vez modificaciones en la lista de aspirantes que superan el proceso selectivo. Sin embargo, tal posibilidad de modificación futura no ha de suponer un obstáculo a la ejecutividad inmediata de la lista de aprobados con las modificaciones que hubiese experimentado, ni debe suponer por ello dilación en la ejecución del fallo que reconozca a los aspirantes una puntuación determinada, sin perjuicio de las conclusiones que la misma Administración deba extraer en orden a la revisión de oficio de la situación de los aspirantes a quien la nueva baremación pudiese alterar sus derechos a tener por superado el proceso de selección.».
Teniendo en cuenta que en el proceso selectivo impugnado existen procedimientos pendientes de sentencia judicial firme, que conllevará la elaboración de un listado definitivo de aprobados, dictado en ejecución conjunta de todas las sentencias, en este momento se desconoce el número de orden que finalmente obtendría la interesada en el proceso selectivo y si el mismo implica su inclusión en el citado listado definitivo.
No obstante, en cumplimiento del Auto de 21 de julio de 2014, que acuerda requerir a la Administración de la Junta de Andalucía para que se lleven a cabo las actuaciones oportunas para el cumplimiento de los pronunciamientos del fallo de la sentencia de 11 de junio de 2012, y a la vista del Acta de la Comisión de Selección del proceso selectivo de referencia de 2 de abril de 2013, se le ofertan a la interesada las plazas vacantes que figuran en el Anexo I de la presente Resolución, y ello sin perjuicio de las conclusiones que la Administración deba extraer en orden a la revisión de oficio de la situación de los aspirantes a quien la nueva baremación pudiese alterar sus derechos a tener por superado el proceso de selección.
Quinto. De la documentación inscrita en el Registro General de Personal se constata que la interesada ha prestado servicios como personal funcionario en interinidad en la Administración General de la Junta de Andalucía, y que tiene inscrito el título de Licenciada en Farmacia.
Sexto. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y el Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en relación con el artículo 19 de la Orden de 26 de noviembre de 2012, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se delegan y se atribuyen competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de sus entidades instrumentales, modificado por la Orden de 29 de abril de 2013, la competencia para disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en materia general de función pública y que afecten al ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se encuentra delegada en la persona titular de la citada Dirección General, por lo que en uso de la delegación efectuada,
SE RESUELVE
Primero. En cumplimiento del Auto de 21 de julio de 2014, dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, en la ejecutoria núm. 213.4/2013, dimanante del recurso contencioso-administrativo núm. 2076/2007, se ofertan a doña Belén Villén Martín las vacantes que figuran incluidas en el Anexo I de la presente Resolución.
Asimismo, y a fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de oferta de vacantes, presentación de documentación preceptiva y petición de destinos, se sustituirán por un acto único, que se celebrará el día 16 de septiembre de 2012, a las 12,00 horas, en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, sita en calle Alberto Lista, número 16, de la ciudad de Sevilla, todo ello en los términos establecidos en el Antecedente Cuarto de la presente Resolución.
Al acto deberá comparecer doña Belén Villén Martín, provista de la documentación que a continuación se relaciona:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero. En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- Certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo y opción a que se aspira.
- Petición de destino, conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente Resolución.
Segundo. Si dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada no comparece, o no presenta la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la Orden de Convocatoria, no podrá ser nombrada funcionaria de carrera del Cuerpo Superior Facultativo, opción Farmacia (A1.2008), quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Asimismo, en el caso de que no solicite ninguno de los puestos ofertados, le será asignado uno, de oficio, por la Administración.
Sevilla, 14 de agosto de 2014.- La Directora General, Isabel Mayo López.
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