Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00055517.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artíiculo 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre Depósito de Estatutos de las Organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y, a los efectos previstos en el mismo, se hace público que, en este Consejo, el día 17 de septiembre de 2014, fue presentada para su tramitación y depósito la solicitud de modificación de los Estatutos de la organización empresarial denominada «Asociación para la Mejora Competitiva del Cluster Agroindustrial».
La modificación afecta a los arts. 3, 7 y 15. Establece un domicilio que alterna cada cuatro años; en los primeros cuatro años de vigencia es el domicilio de la «Fundación para la Tecnologías Auxiliares de la Agricultura» (Tecnova) en Parque Tecnológico de Almería (Pita), Avda. de la Innovación, 23, C.P. 04131, El Alquián (Almería); en los siguientes cuatro años en el domicilio de la «Asociación de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas de Almería» (Coexphal), en Almería en Ctra. de Ronda, núm. 11, 1.º, C.P. 04004, y así sucesivamente.
Como firmantes de la certificación acreditativa del acuerdo modificatorio aprobado en reunión de la Asamblea General Extraordinaria celebrada en Almería el día 3.6.2014. Figuran don Juan Colomina Figueredo (Presidente) y doñna María del Carmen Galera Quiles (Secretaria).
Cualquier interesado podra examinar el documento depositado y obtener copia del mismo en este centro directivo (sito en Avda. República Argentina, núm. 25, 1.ª planta, Sevilla), siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en cuya circunscripción tenga su sede la asociación empresarial, conforme a lo dispuesto en el art. 11 y el Capítulo X del Título II del Libro Segundo de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social (BOE núm. 245, de 11 de octubre de 2011).
Sevilla, 19 de septiembre de 2014.- El Secretario General, Eduardo Candau Camacho.
Descargar PDF