Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 215 de 04/11/2014

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 22 de octubre de 2014, de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla, de recurso de apelación civil núm. 831/2014. (PD. 3149/2014).

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NIG: 4103842C20090001249.

Núm. procedimiento: Recurso de apelación civil 831/2014.

Asunto: 500065/2014.

Autos de: Ejecución de títulos no judiciales 166/2009.

Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. Cuatro de Dos Hermanas.

Negociado: F.

Apelante: Rubén Aguilar López.

Procuradora: María Elena Arribas Monge.

Apelado: Caja de Ahorros del Mediterráneo.

Procurador: Eladio García de la Borbolla Vallejo.

EDICTO

Don Leopoldo Roda Orue, Secretario de la Sección Quinta de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico. Que en el Rollo seguido en esta Sección con el núm. 831/14-F se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

«Auto. Ilmos. Sres. Juan Márquez Romero, Conrado Gallardo Correa, Femando Sanz Talayero.

En Sevilla, a 20 de octubre de 2014.

Que desestimando el recurso interpuesto por la Procuradora doña Elena Arribas Monge, en nombre y representación de don Rubén Aguilar López, contra el auto dictado el día 2 de septiembre de 2013 por el llmo. Sr. Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Dos Hermanas, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, con imposición de las costas procesales de esta alzada a la parte apelante.

Esta resolución es firme al no caber recurso contra la misma.

Devuélvanse a su tiempo las actuaciones originales al Juzgado de donde proceden, con certificación literal de esta resolución y despacho para su cumplimiento.

Así lo mandamos y firmamos los Ilmos. Sres. Magistrados de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla.»

Lo inserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito. Y para que conste y sirva de notificación en forma a los demandados Inversiones Obrasur, S.L., y RPR Aguilar López, S.L., en paradero desconocido, expido el presente en Sevilla a veintidós de octubre de dos mil catorce.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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