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E X P R O P I A C I O N E S
PAGO DE EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN
Aprobados los expedientes de expropiación, de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras que se relacionan, se cita a:
OBRA: DESDOBLAMIENTO DE LA CARRETERA C-3327 (ACTUAL A-1200 DE VERA A GARRUCHA TRAMO: P.K. 2+700 AL P.K. 6+500 (INTERSECCIÓN CON AL-7107) (ALMERÍA) CLAVE: 3-AL-1396. TÉRMINO MUNICIPAL: VERA EXPEDIENTE DE INTERESES DE DEMORA |
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30 | JIMENEZ AYNAT, M.ª DOLORES JUANA JOSEFA y ENRIQUETA | AVDA. FEDERICO GARCIA LORCA, 47 04005 ALMERÍA |
47 | R.M.H.AGRO, S.L. | CTRA. NACIONAL 340 S/N-04620 VERA - ALMERÍA |
51 | SIMON ESCANEZ, FRANCISCO | APDO. CORREOS Nº 305 – 04620-VERA. |
55 | FRANCISCO VICENTE PERAL MATA, (25%), MARIA LOPEZ LINDES (50%), JAVIER GARCIA MARTIN (25%) | RÍO CHICAMO, 7 URBANIZACIÓN LA ARCAYNA - 30507 MOLINA DE SEGURA MURCIA |
para que comparezcan en el Ayuntamiento de Vera, el día 16 de enero de 2015, a las 12,00 horas, para el percibo de las cantidades que les corresponden, una vez hecho efectivo el libramiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957, e indicando que en el citado acto deberán aportar la siguiente documentación y adjuntar fotocopia:
A) Para los titulares que hayan percibido el importe del expediente que ha generado los intereses de demora (mutuos acuerdos o pieza separada de justiprecio):
1. Acreditar su personalidad (DNI, NIE o Pasaporte).
Y en caso que lo solicite el pago mediante transferencia bancaria, para lo que deberá enviarnos con antelación a la fecha de citación del pago:
2. Certificado bancario con los 20 dígitos de la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de los beneficiarios de dicho pago.
B) Para los titulares que todavía no hayan percibido el importe que ha generado los intereses de demora (mutuos acuerdos o pieza separada de justiprecio) y estando éste depositado en la Caja General de Depósitos:
1. Acreditar su personalidad (DNI, NIE o Pasaporte).
2. Título de propiedad debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad (Escritura Pública y Nota Simple actualizada), referente a la finca afectada.
3. En caso que la finca esté hipotecada o embargada, deberán aportar autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad mencionada.
4. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho (Poder Notarial o Poder «Apud Acta», otorgado ante el Secretario del Ayuntamiento o ante el Secretario General Provincial de la Consejería de Fomento y Vivienda en Almería.
5. Certificado bancario con los 20 dígitos de la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de los beneficiarios de dicho pago, en el caso que se solicite mediante transferencia, para lo que deberá enviarnos con antelación a la fecha de citación del pago, toda la documentación antes mencionada.
En caso de no presentar la citada documentación o de incomparecencia en el citado acto, la cantidad devengada, será depositada en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación del Gobierno en Almería, hasta su comparecencia en esta Delegación Territorial con la documentación solicitada y posterior comprobación de la titularidades mencionada.
El acto de pago será público, y cualquier persona que se considere con mejor derecho, deberá comparecer en el lugar, fecha y hora indicados, a formular las reclamaciones que estime oportunas, para lo que deberá ir provista de los documentos en que fundamente su intervención.
Almería, 11 de noviembre de 2014.- La Delegada, Encarnación Caparrós Plaza.
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