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NIG: 0490242C20130000637.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 141/2013. Negociado: EA.
De: Doña Nadezhda-Yurievna Shurstakova.
Procuradora: Sra. Elena Romera Escudero.
Letrada: Sra. María Amparo López Martín.
Contra: Don Miguel Ángel Almansa Ramírez.
EDICTO
En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 141/2013 seguido a instancia de Nadezhda-Yurievna Shurstakova frente a Miguel Ángel Almansa Ramírez se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 73/2014
En El Ejido a 10 de junio de 2014.
Vistos y examinados los presentes autos núm. 141/2013, de procedimiento de divorcio por doña Sonia Almagro García, Juez del Juzgado de la de Instancia e Instrucción núm. Tres de esta ciudad y su partido,seguidos a instancia de doña Nadezhda-Yurievna Shurstakova, representada por la Procuradora doña Elena Romera Escudero, y asistida por la Letrada Sra. doña Amparo López Martín, contra don Miguel Ángel Almansa Ramírez, en situación procesal de rebeldía;
FALLO
Que estimando la pretensión deducida, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio formado por doña Nadezhda-Yurievna Shurstakova y don Miguel Ángel Almansa Ramírez, con las medidas que se recogen en los fundamentos de derecho, todo ello sin hacer expresa imposición de costas. Se hace saber a las partes que contra la presente sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de 20 días hábiles ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, por ante este Juzgado.
Una vez firme la presente sentencia, comuníquese al Registro Civil competente, para que se practiquen las inscripciones marginales oportunas.
Asi por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, Miguel Ángel Almansa Ramírez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En El Ejido, a dieciséis de septiembre de mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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