Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00057758.
Visto el expediente tramitado a instancia de doña Antonia Eugenia Núñez Guerra, solicitando la autorización de apertura y funcionamiento para la escuela privada de música «Patrocinio San José», con domicilio C/ La Cala, s/n, de Estepona (Málaga), al amparo de lo dispuesto en el Decreto 233/1997, de 7 de octubre, por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza, y en el Decreto 17/2009, de 20 de enero, por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música en Andalucía.
Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga.
Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la citada Delegación Territorial y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE del 28), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas; el Decreto 233/1997, de 7 de octubre (BOJA del 11), por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza; el Decreto 17/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música en Andalucía; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones complementarias.
Considerando que se han cumplido todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas
DISPONGO
Primero. Autorizar la apertura y funcionamiento de la escuela privada de música «Patrocinio San José», código 29018856 y domicilio en C/ La Cala, s/n, de Estepona (Málaga), cuya titular es doña Antonia Eugenia Núñez Guerra, y establecer la configuración de enseñanzas que se describen a continuación en turno de tarde:
a) Ámbitos formativos de las enseñanzas elementales de iniciación a la música para 80 puestos escolares:
- Música y movimiento.
- Práctica instrumental: viola, violín, violonchelo, clarinete, flauta, trompeta, trombón, tuba, percusión, guitarra, saxofón y piano.
- Actividades de grupo.
b) Enseñanzas elementales básicas de música, para 80 puestos escolares:
- Especialidades: viola, violín, violonchelo, clarinete, flauta, trompeta, trombón, tuba, percusión, guitarra, saxofón y piano.
Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Tercero. El Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga velará por la adecuación de la escuela de música a lo establecido en los Decretos 233/1997, de 7 de octubre, y 17/2009, de 20 de enero, asesorando al centro para un mejor cumplimiento de sus fines.
Cuarto. La escuela privada de música queda obligada al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión en el caso de producirse alguna modificación de los datos que se señalan en la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 10 de octubre de 2014
luciano alonso alonso | |
Consejero de Educación, Cultura y Deporte |