Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 03/12/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 25 de agosto de 2014, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación El Balcón de la Zubia.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00059555.

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación El Balcón de La Zubia, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El 21 de julio de 2014, a requerimiento de este protectorado, tiene entrada en la Consejería de Justicia e Interior documentación aportada por la fundación referenciada sobre modificación de estatutos, acordada por su patronato, para su inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía.

Segundo. La modificación estatutaria afecta, sustancialmente, a la redacción de los artículos señalados a continuación, contenidos en los estatutos reguladores de la fundación, inscritos en el Registro de Fundaciones de Andalucía y protocolizados en escritura pública otorgada el 30 de octubre de 2008, ante la Notario doña Pilar Fernández-Palma Macías, bajo el número 2.953 de su protocolo:

Artículo 4. Sobre domicilio: Quedando en adelante establecido en Calle Elena Martín Vivaldi, núm. 1, de La Zubia, C.P. 18140-GRANADA.

Artículo 10. Sobre composición del patronato: Reduciendo el número de patronos de diez a siete patronos. Artículo 11. Sobre duración del mandato de patrono: Pasando de carácter vitalicio a tener una duración de diez años, pudiendo ser reelegidos.

Artículo 14. Sobre organización del patronato: Previéndose «ex novo» el cargo de Vicesecretario.

Artículo 18. Sobre delegación y apoderamientos: Previéndose «ex novo» el cargo de Gerente.

Tercero. Al expediente se aporta escritura pública de modificación de estatutos de 2 de abril de 2012, otorgada ante la Notario doña Pilar Fernández-Palma Macías, bajo el número 614 de su protocolo.

Cuarto. La escritura pública mencionada incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 20 de diciembre de 2011, relativo a la modificación de estatutos, no constando prohibición expresa por parte de la persona fundadora para proceder a la modificación de estatutos acordada por el Patronato.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Segundo. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo y el 37 del Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 b) y n) del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, deberán inscribirse en dicho Registro, la modificación o nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 8.2.c) del Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior,

RESUELVE

Primero. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación de estatutos de la Fundación El Balcón de La Zubia, formalizada en escritura pública de modificación de estatutos de 2 de abril de 2012, otorgada ante la Notario doña Pilar Fernández-Palma Macías, bajo el número 614 de su protocolo.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a la Fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante el Consejero de Justicia e Interior.

Sevilla, 25 de agosto de 2014.- La Directora General, Carmen Belinchón Sánchez.

Descargar PDF