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Visto el expediente sobre inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla (Cajasol), como resultado de la fusión de la Fundación Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla (el Monte) y la Fundación Caja de Ahorros Provincial San Fernando de Sevilla y Jerez (Caja San Fernando), sobre la base de los siguientes,
HECHOS
Primero. Mediante resolución de 21 de julio de 2008, de la entonces Dirección General de Entidades y Cooperación con la Justicia, se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla (Cajasol), resultado de la fusión de la Fundación Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla (El Monte) y la Fundación Caja de Ahorros Provincial San Fernando de Sevilla y Jerez (Caja San Fernando), que se extinguen.
Segundo. Mediante escrito formulado por la fundación, con fecha de registro de entrada 30 de julio de 2014, se pone de manifiesto el error existente en cuanto a la denominación de la fundación objeto de inscripción resultante de la fusión mencionada, debiendo ser de conformidad con la correspondiente escritura pública de fusión, otorgada el 2 de junio de 2008, ante el Notario don Antonio Ojeda Escobar, bajo el número 1.201 de su protocolo, el de «Fundación Privada Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla (Fundacion Cajasol)», en vez de «Fundación Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla (Cajasol)».
Tercero.- Examinada la resolución dictada, así como visto el contenido de la escritura pública de fusión invocada se advierte que, efectivamente, en dicha resolución se ha recogido, erróneamente, como denominación de la fundación resultante de la fusión la de «Fundación Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla (Cajasol)» en vez de «Fundación Privada Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla (Fundacion Cajasol)».
Vista la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas y demás disposiciones de general y particular aplicación, los hechos expuestos merecen la siguiente
VALORACIÓN JURÍDICA
Primera. Según el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio, o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Segunda. Constatado el error producido procede efectuar manifestación expresa por este Protectorado en el sentido de tenerse por rectificada la resolución dictada con fecha 21 de julio de 2008, en cuanto a la denominación de la fundación resultante de la fusión a que se contrae la resolución dictada siendo la denominación correcta la de «Fundación Privada Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla (Fundacion Cajasol)», quedando subsistente en lo demás la resolución dictada.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 8.2.c) del Decreto 148/2012, de 5 de junio por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior,
RESUELVE
Primero. Corregir el error en que incurre la resolución de fecha 21 de julio de 2008, de la entonces Dirección General de Entidades y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Privada Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla (Fundación Cajasol), conforme al contenido de la Valoración Jurídica Segunda de esta Resolución.
Segundo. Practicar la correspondiente rectificación del Asiento Registral Número 1 por el que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la constitución por fusión de la citada Fundación.
Tercero. Ordenar la notificación de la presente Resolución a la Fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante el Consejero de Justicia e Interior.
Sevilla, 26 de septiembre de 2014.- La Directora General, Carmen Belinchón Sánchez.
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