Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 05/12/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 21 de noviembre de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 298/2012.

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Procedimiento: Social Ordinario 298/2012. Negociado: 1.

NIG: 4109144S20120003297.

De: Don Juan Eloy González de Eiris Armenteros.

Contra: Sistemas Radiantes y Telecomunicaciones, S.L.U., FOGASA, Tex Digital y José Manuel López Fernández.

EDICTO

Doña Elísabet Ibáñez López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 298/2012-1 a instancia de la parte actora don Juan Eloy González de Eiris Armenteros contra Sistemas Radiantes y Telecomunicaciones, S.L.U., FOGASA, Tex Digital y don José Manuel López Fernández, sobre Social Ordinario, se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Juan Eloy González de Eiris Armenteros, contra Sistemas Radiantes y Telecomunicaciones, S.L.U., don José Manuel López Fernández, Tex Digital y FOGASA, en cuya virtud:

I. Debo condenar y condeno a la empresa Sistemas Radiantes y Telecomunicaciones, S.L.U., a abonar al actor la cantidad de dos mil setenta y dos euros con ochenta céntimos (2.072,80 euros).

II. No procede la imposición del interés por mora.

III. No ha lugar a pronunciamiento, por ahora, respecto del FOGASA.

Debo absolver y absuelvo, por falta de legitimación pasiva, a don José Manuel López Fernández y Tex Digital.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma no cabe Recurso de Suplicación.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Tex Digital, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintiuno de noviembre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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