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NIG: 0401342C20110003441.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 375/2011. Negociado: 4M.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Unicaja.
Procuradora: Sra. Antonia Abad Castillo.
Letrado: Sr. Carlos Escobar Navarrete.
Contra: Isabel de Lourdes Almeida Morán.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 375/2011 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería a instancia de Unicaja contra Isabel de Lourdes Almeida Morán sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Juzgado de primera Instancia núm. Uno de Almería.
Procedimiento: Juicio Verbal núm.: 375/2011.
SENTENCIA núm. 231/11
Magistrado-Juez: Doña M.ª Cristina Pedrajas Chamorro.
Demandante: Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén.
Procuradora: Doña Antonia Abad Castillo.
Letrado/a: Doña Gema Lucía París Alonso esc. don Carlos Escobar Navarrete.
Demandado: Doña Isabel de Lourdes Almeida Morán.
Procurador/a:
Letrado/a:
Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.
En Almería, a trece de diciembre de dos mil once.
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta en nombre y representación de Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén, contra doña Isabel de Lourdes Almeida Morán, y condeno a la parte demandada, a los siguientes pronunciamientos:
1. Al pago de la cantidad de mil setecientos cuarenta y cuatro euros con cuarenta y ocho céntimos (1.744,48 €).
2. Al pago de los intereses moratorios pactados (1,80% mensual) desde el día 22 de octubre de 2010.
3. Al pago de las costas procesales.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución no cabe recurso.
Llévese el original al libro de sentencias.
Por esta mi sentencia, en la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Juez que la suscribe, hallándose en audiencia pública y en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario, doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Isabel de Lourdes Almeida Morán, extiendo y firmo la presente en Almería, a dieciocho de marzo de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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