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La Junta de Gobierno Local, en la sesión celebrada con carácter ordinario el día 28 de noviembre de 2014 (Expte. 10350/2014) dispuso la convocatoria para proveer por el procedimiento de libre designación el puesto de Jefe del Cuerpo de la Policía Local, y así mismo acordó aprobar para regir la misma las siguientes
BASES
1. Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de Jefe del Cuerpo de la Policía Local, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales. El citado puesto se encuentra incluido en la relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento y sus características son las siguientes:
Denominación: Jefe del Cuerpo de la Policía Local.
Categoría: Intendente.
Grupo: A.
Escala: Administración Especial.
Requisitos exigidos para su desempeño: El desempeño del puesto se reserva a personal funcionario de la Policía Local o de otros Cuerpos de Seguridad con la categoría mínima de Intendente de la Policía Local o con titulación de Licenciado o equivalente.
Características esenciales del puesto: El puesto se crea para el desempeño de las funciones de Jefe del Cuerpo de la Policía Local.
Tipo de puesto: Singularizado.
Adscripción: Funcionario de la Administración del Estado, Autonómica o Local.
Forma de provisión: Libre designación, al amparo del art. 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales.
Complemento de destino: Nivel 27.
Complemento específico: 26.911,08 €.
2. Requisitos de los aspirantes.
Podrán participar en la presente convocatoria funcionarios de Policía Local o de otros Cuerpos de Seguridad, con acreditada experiencia en funciones de mando, siempre que reúnan los requisitos señalados para el desempeño del puesto, valorándose especialmente la experiencia en funciones de dirección de la Policía Local.
3. Solicitudes.
Los aspirantes acompañarán a la solicitud «curriculum vitae», en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno, haciendo constar, en todo caso, las características detalladas del puesto que actualmente vinieran desempeñando.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Corporación, en el plazo de quince días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. También podrán presentarse las solicitudes en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La convocatoria se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
4. Nombramiento y cese.
El nombramiento se efectuará por el Alcalde de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, previo informe, debiendo realizarse en el plazo de un mes contado desde la finalización de presentación de solicitudes, publicándose la resolución de nombramiento en el BOP.
El aspirante así nombrado podrá ser removido libremente de sus funciones.
5. Normativa aplicable.
La convocatoria se regirá por las presentes bases y en su defecto, supletoriamente será de aplicación el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por R.D. 364/1995, de 10 de marzo, y restantes normas que resulten de aplicación.
6. Impuganción.
Contra las presentes bases generales y su convocatoria, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados con carácter potestativo recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, o directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, computados en ambos casos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el art. 109.c) de la Ley 30/1992. Los actos administrativos derivados de la convocatoria serán impugnados en la forma prevista en estas bases y en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Alcalá de Guadaíra, 9 de diciembre de 2014.- El Secretario General, Fernando Manuel Gómez Rincón.
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