Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00041449.
Procedimiento: Social Ordinario 833/2011. Negociado: 1I.
NIG: 4109144S20110009939.
De: Fundación Laboral de la Construcción.
Contra: Gada Construcciones y Reformas C.B.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 833/2011 a instancia de la parte actora, Fundación Laboral de la Construcción contra Gada Construccions y Reformas C.B. sobre Social Ordinario se ha dictado sentencia de fecha 1 de octubre de 2013 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Gada Construcciones y Reformas C.B., debo condenar y condeno a dicha empresa demandada al abono en favor de la entidad actora de la suma de 392,34 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, declarando la firmeza de la sentencia.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Gada Construccions y Reformas C.B, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veintiocho de enero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
Descargar PDF