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La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Huelva han suscrito, el pasado 24 de julio de 2014, un Convenio de Colaboración para el establecimiento de un marco de actuación conjunta para la dotación y modernización de espacios productivos en la provincia de Huelva. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del citado Acuerdo, cuyo texto figura a continuación.
Lo que se hace público para general conocimiento.
«CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN MARCO DE ACTUACIÓN CONJUNTA PARA LA DOTACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE ESPACIOS PRODUCTIVOS EN LA PROVINCIA DE HUELVA
En Sevilla, a 24 de julio de 2014
REUNIDOS
De una parte, don José Sánchez Maldonado, Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, con domicilio a estos efectos en C/ Albert Einstein, s/n, Edif. World Trade Center, Isla de la Cartuja, 41092 (Sevilla), designado para dicho cargo por Decreto de la Presidenta 6/2013, de 9 de septiembre, de acuerdo con las competencias que le atribuyen tanto el artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como el artículo 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Y de otra, don Ignacio Caraballo Romero, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, actuando, en ejercicio de las facultades conferidas, en nombre y representación de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, con domicilio social en Huelva, Avenida Martín Alonso Pinzón, 9, Huelva 21003, y CIF P-2100000-E.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto
EXPONEN
Primero. Que a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en virtud de lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula su estructura orgánica, le corresponden, entre otras competencias, las relativas a la internacionalización de la economía andaluza y a la captación de inversiones extranjeras para Andalucía con el fin de consolidar su tejido productivo, al desarrollo de la cultura emprendedora, a la promoción y desarrollo de la actividad económica en Andalucía, mediante la realización de las acciones y la utilización de los instrumentos que lo permitan, al desarrollo tecnológico aplicado a las empresas mediante el fomento de la implantación de nuevas tecnologías y, en concreto, de la inversión empresarial en materia tecnológica; así como las relativas a las actividades industriales y mineras, a la cooperación económica y al fomento de las iniciativas y acciones en dicho campo.
Así mismo, entre sus funciones se encuentra la dirección, impulso y gestión de la política energética de la Administración de la Junta de Andalucía y del Sector Público Andalu,z y el fomento del ahorro energético y las energías renovables acorde con un desarrollo sostenible y la preservación del medioambiente.
Segundo. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Diputación Provincial de Huelva cuenta entre sus competencias con las relativas a la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito.
En el ejercicio de dichas competencias, la Diputación Provincial de Huelva viene realizando, en estrecha colaboración con los Ayuntamientos de su ámbito territorial, una importante labor de detección de necesidades para fomentar la dinamización económica del territorio, y la puesta a disposición de los sectores empresariales de los recursos públicos necesarios que faciliten el normal desarrollo de sus actividades y la mejora de la competitividad y la expansión a otros mercados.
Tercero. Que ambas Administraciones Públicas, a la vista de las competencias que les son propias, están interesadas en aunar esfuerzos y aprovechar todos aquellos recursos económicos, humanos y logísticos que permitan conseguir los objetivos que les son comunes, la generación de sinergias, estrechando líneas de colaboración y trazando proyectos de actuación conjunta.
Que, en base a cuanto antecede, ambas partes, reconociendo la importancia de la colaboración interadministrativa entre el ámbito local y autonómico, y a los efectos de la creación de un marco de trabajo conjunto, convienen en el otorgamiento del presente Convenio Marco con arreglo a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto del Convenio.
El presente Convenio Marco tiene por objeto el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y la Diputación Provincial de Huelva para la realización, en el ámbito territorial de la citada Diputación, de un conjunto de acciones encaminadas a la dinamización empresarial y el desarrollo del tejido productivo onubense a través de la promoción, fomento y consolidación de cualquier iniciativa empresarial viable y de interés para el territorio.
Segunda. Fines específicos de las actuaciones.
Las actuaciones a desarrollar conjuntamente por las partes intervinientes tendrán como fines específicos:
- Apoyo a los sectores empresariales de la provincia de Huelva, favoreciendo la internacionalización de sus productos mediante el intercambio de información sobre las actuaciones que se pongan en marcha y que sean susceptibles de tener a las empresas de Huelva como participantes y mediante la difusión de las mismas en el territorio.
- Realización de acciones comunes para mejorar la captación de inversiones en la provincia de Huelva.
- Promoción en el territorio de la provincia de Huelva de los instrumentos de incentivo y financiación con los que cuenta la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.
- Difusión de los servicios avanzados entre el tejido empresarial onubense.
- Intercambio de información sobre la oferta de espacios de innovación y espacios productivos para favorecer la implantación de empresas.
- Identificación de las mejores opciones que se encuentran al alcance de la ciudadanía, y las empresas onubenses del sector relacionadas con la mejora y el incremento de la eficiencia energética de edificios e instalaciones y un eficaz aprovechamiento de los recursos renovables, así como para el aprovechamiento de las oportunidades de creación de tejido industrial y empresarial, con especial incidencia en la generación de empleo y el fortalecimiento del tejido empresarial relacionado con la prestación de servicios y suministro de bienes de mejora energética.
- Cualquier otra actuación dirigida a la consecución del objeto expresado en la estipulación primera.
Tercera. Obligaciones de las partes.
Para la consecución de los objetivos establecidos, y dentro del ejercicio de sus respectivas competencias y fines, la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y la Diputación Provincial de Huelva se comprometen respectivamente a mantener una relación de cooperación y participar activamente en:
- La planificación y diseño de las actuaciones concretas a ejecutar.
- La aportación de toda la información y documentación que resulte necesaria y de interés para el desarrollo de las actuaciones.
- La evaluación y seguimiento de las actuaciones implantadas, así como del grado de cumplimiento de los objetivos y obligaciones establecidas.
- El desarrollo de campañas de comunicación y difusión de las actuaciones realizadas en el marco del presente Convenio.
Cuarta. Convenios Específicos.
Las actuaciones concretas que se realicen en aplicación de este Convenio Marco se instrumentarán, en su caso, mediante la suscripción de los oportunos convenios específicos de colaboración entre la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo o sus entidades instrumentales y la Diputación Provincial de Huelva.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
Se creará una Comisión de Seguimiento que estará integrado por representantes de cada una de las entidades firmantes a los efectos de la programación, ejecución y control de los fines y actuaciones previstas en este Convenio Marco de Colaboración, así como en los convenios específicos que se firmen en aplicación de lo establecido en la estipulación cuarta, sin perjuicio de que tales convenios prevean la constitución de otros órganos particulares de seguimiento. A través de esta Comisión se establecerá un proceso de colaboración y participación que favorezca la transferencia de conocimientos, experiencias y reflexiones entre la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y la Diputación Provincial de Huelva en el desarrollo de todas las funciones establecidas para la consecución de los objetivos marcados, para lo que se celebrarán todas las reuniones que sean necesarias.
Sexta. Duración del Convenio Marco.
El presente Convenio Marco de Colaboración surtirá efectos el día de su firma y tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2015, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes, con anterioridad a la fecha de finalización de la vigencia del mismo, y previa solicitud de cualquiera de las partes.
El Convenio de Colaboración podrá extinguirse por las siguientes causas:
a) Cumplimiento del objeto.
b) Cumplimiento del plazo de vigencia o, en su caso, de su prórroga.
c) Imposibilidad sobrevenida para su cumplimiento.
d) Acuerdo de las partes firmantes.
e) Denuncia motivada de cualquiera de las partes basada en el incumplimiento de las obligaciones.
Séptima. Régimen Jurídico.
El presente Convenio Específico se considera incluido en el artículo 4.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por lo que queda fuera del ámbito de su aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicho texto legal para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio Marco deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión de Seguimiento previsto en la estipulación quinta. Asimismo, esta resolución de controversias, sin perjuicio de lo dispuesto respecto a la Comisión de Seguimiento, corresponderá a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de su conformidad y para que surta los efectos oportunos, firman el presente Convenio Marco de Colaboración, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. El Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, José Sánchez Maldonado; El Presidente de la Diputación Provincial de Huelva, Ignacio Caraballo Romero.»
Sevilla, 18 de diciembre de 2014.- El Secretario General, Vicente Cecilio Fernández Guerrero.
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