Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 06/03/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 17 de febrero de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 305/2013.

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Procedimiento: Juicio Monitorio 305/2013. Negociado: 2I.

NIG: 4109144S20130003287.

De: Don Daniel Manchado Galán.

Contra: Promociones Inmobiliarias Andalterra, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 305/2013 a instancia de la parte actora don Daniel Manchado Galán contra Promociones Inmobiliarias Andalterra, S.L., sobre Juicio Monitorio se ha dictado Decreto de fecha 23 de octubre de 2013 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Dar por terminado el presente procedimiento monitorio y poner fin a su tramitación, así como dar traslado al solicitante para que inste, si a su derecho conviniere, el despacho de ejecución, bastando para ello con la mera solicitud, sirviendo el presente decreto de título ejecutivo constituido al efecto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (arts. 186 y 187 de la LPL). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Promociones Inmobiliarias Andalterra, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a diecisiete de febrero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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