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Procedimiento: Despido Objetivo Individual 1251/2012. Negociado: 3.
NIG: 4109144S20120013724.
De: Don Javier Gómez Rapela.
Contra: Don Francisco Sánchez Quintana y Eurosur Centro de Estudios, S.L.
EDICTO
Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1251/2012 a instancia de la parte actora don Javier Gómez Rapela contra don Francisco Sánchez Quintana y Eurosur Centro de Estudios, S.L., sobre Despido Objetivo Individual, se ha dictado Resolución de fecha 27.1.14 del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda de Despido interpuesta don Javier Gómez Rapela contra Eurosur Centro de Estudios, S.L., don Francisco Sánchez Quintana, y Fogasa, en cuya virtud:
I. Debo declarar y declaro el mismo como Nulo, pero siendo imposible la readmisión declaro extinguida la relación laboral, condenando a la empresa a abonar al actor la cantidad de cinco mil seiscientos catorce euros con ochenta y seis céntimos (5.614,86 euros).
II. Debo absolver y absuelvo a don Francisco Sánchez Quintana por falta de legitimación pasiva.
III. No ha lugar a pronunciamiento, por ahora, respecto del Fogasa.
Y para que sirva de notificación al demandado Francisco Sánchez Quintana y Eurosur Centro de Estudios, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a diecisiete de marzo de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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