Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 11/04/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 1 de abril de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 328/2013.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00045781.

Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 328/2013. Negociado: A2.

NIG: 2906744S20130004544.

De: Doña María Dolores Delgado Cortés.

Contra: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Hispanoalemana Management Hotelero S.A., Mutua Universal, Hotel Ferrara S.A. y Mutua Balear.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 328/2013 a instancia de la parte actora doña María Dolores Delgado Cortes contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Hispanoalemana Management Hotelero S.A., Mutua Universal, Hotel Ferrara S.A. y Mutua Balear sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado Resolución de fecha 27 de marzo de 2014, del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por doña María Dolores Delgado Cortés como demandado el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General Seguridad Social, Hotel Ferrara S.A., Mutua Balear, Hispanoalemana Management Hotelero S.A. y Mutua Universal, con los siguientes pronunciamientos:

1. Se confirma la resolución de 27 de febrero de 2013, del Director Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, absolviendo a las demandadas de las peticiones efectuadas en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.

Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Hotel Ferrara S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a uno de abril de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF