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Por el Pleno del Ayuntamiento de Alcalá la Real (Jaén), de conformidad con el artículo 50 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, se ha acordado ceder gratuitamente la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de un inmueble sito en C/ Camino de la Magdalena, s/n, de dicha localidad, con destino a Centro de Participación Activa para Personas Mayores y Unidad de Estancia Diurna.
Por la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales se considera de interés la aceptación de la referida cesión, con destino a Centro de Participación Activa para Personas Mayores y Unidad de Estancia Diurna.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 8 de abril de 2014,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad acordada por el Ayuntamiento de Alcalá la Real (Jaén), de un inmueble de 1.650 m2, sito en C/ Camino de la Magdalena, s/n, de dicha localidad, con destino a Centro de Participación Activa para Personas Mayores y Unidad de Estancia Diurna.
Consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Alcalá la Real (Jaén), al tomo 1.089, libro 531, folio 203, con el número de finca 59.952, con la siguiente descripción:
Centro de Día y Unidad de Estancia Diurna, situada sobre una parcela en calle Camino de la Magdalena, sin número, esquina a calle Doña Garoza de esta ciudad. Linda: al Norte, calle Trotaconventos; al Sur, Camino de la Magdalena; al Este, calle Doña Garoza, y al Oeste, zona verde.
Referencia catastral 8761302VG1486S0001KG.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará en escritura pública o documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión gratuita de la propiedad del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales con destino a Centro de Participación Activa para Personas Mayores y Unidad de Estancia Diurna.
Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 8 de abril de 2014
susana díaz pacheco | |
Presidenta de la Junta de Andalucía | |
María Jesús Montero Cuadrado | |
Consejera de Hacienda y Administración Pública |