Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 22/04/2014

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Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 11 de abril de 2014, de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Almería, por el que se publica requerimiento sobre aportación de documentación en materia de transportes.

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Requerimiento: 071/2014.

Interesado: Transportes Alonso Sánchez, S.L.

CIF número: B04174827.

Domicilio: Ctra. Mediterráneo, 1, 04260, Rioja (Almería).

De conformidad con lo establecido en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio), modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio, se le requiere para que comparezca el día 14 de mayo de 2014, a las 12,00 horas, por sí mismo o mediante persona que le represente, ante la Inspección de Transportes de la Delegación Territorial de la Consejeria de Fomento y Vivienda de Almería, sita en calle Hermanos Machado, 4, 6.ª planta, de Almería, debiendo aportar copia de la siguiente documentación:

- Fotocopia del permiso de circulación y de la ficha de características técnicas (anverso y reverso) de los vehículos correspondientes a las siguientes matrículas:

4150-DHH 4397-BNK 6038-FFX 6946-FVG 6214-BSH 0399-BJN

- Facturas emitidas por esa empresa por los servicios de transporte contratados correspondientes al período comprendido entre los días 1 y 30 de octubre 2013.

- Facturas recibidas por esa empresa por los servicios de transporte contratados correspondientes al período comprendido entre los días 1 y 30 de octubre 2013.

- Documentación de control de los servicios de transporte correspondientes a las facturas requeridas. (Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, por la que se regula el documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera). En el caso de transportes internacionales documentados en CMR´s, deberán aportarse éstos.

- Modelo 036 fiscal presentado en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en caso de cese de actividad de transportes.

- Modelo 347 fiscal de operaciones con terceros correspondiente al ejercicio 2013.

El incumplimiento de este requerimiento podrá ser considerado como obstrucción a la labor inspectora y falta muy grave o grave, según que se imposibilite o dificulte gravemente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tiene atribuidas la Inspección, sancionándose de acuerdo a lo establecido en el apartado 12 del artículo 140 o en el apartado 4 del artículo 141 de la Ley 16/1987, de Ordenación del Transporte Terrestre, respectivamente. Su infracción sería sancionada con multa de 4.001 a 6.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza muy grave) o con multa de 801 a 1.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza grave). El Inspector de Transportes, Antonio González Jiménez.

Almería, 11 de abril de 2014.- La Delegada, Encarnación Caparrós Plaza.

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