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Con fecha 14 de febrero de 2014, la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Almería, en los expedientes de protección (DPAL) 352-2012-00002296-1 y 352-2012-00002298-1 (EQM 2), referente a los menores A.H. y C.H., acuerda la modificación de la modalidad de acogimiento familiar de los menores de simple de urgencia a acogimiento familiar simple.
Por la presente, se ordena la notificación del presente acto a doña Alicia Acosta Pérez y don Antonio Rivera Giménez, al no haberse podido practicar aquella, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se les hace saber que contra dicho acuerdo cabe oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Almería por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa.
Dado que la publicación íntegra del acto lesionaría los derechos inherentes al menor, podrán comparecer en el plazo de diez días en el Servicio de Protección de Menores, sito en la localidad de Almería, Ctra. de Ronda, núm. 226, Edificio «Bola Azul», 4.ª plta., de Almería, para su completo conocimiento.
Almería, 21 de abril de 2014.- El Delegado, Alfredo Valdivia Ayala.
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