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En virtud de las facultades que me vienen atribuidas por el artículo 21 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Institución, en la sesión celebrada el 26 de febrero de 2014,
RESUELVO
De conformidad con el art. 12 de la citada Ley 1/1988, ordenar la publicación del Informe de fiscalización sobre el análisis de la tesorería de los municipios de más de 50.000 habitantes que no sean capitales de provincia, correspondiente a los ejercicios 2010 y 2011.
Sevilla, 21 de abril de 2014.- El Presidente, Antonio M. López Hernández.
Análisis de la tesorería de los municipios de más de 50.000 habitantes que no sean capitales de provincia (Alcalá de Guadaíra, Chiclana de La Frontera, El Ejido, Marbella, Mijas y Roquetas de Mar). ejercicios 2010 y 2011
El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión celebrada el día 26 de febrero de 2014, con la asistencia de todos sus miembros, ha acordado aprobar por unanimidad el Informe de Fiscalización sobre el análisis de la tesorería de los municipios de más de 50.000 habitantes que no sean capitales de provincia, correspondiente a los ejercicios 2010 y 2011.
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Concepto, organización y funcionamiento de la tesorería
1.2. El control de los fondos públicos
1.3. Los procedimientos de pagos a justificar y anticipos de caja fija
2. OBJETIVOS
3. ALCANCE Y METODOLOGÍA
4. LIMITACIONES AL ALCANCE
5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
5.1. El Plan de disposición de fondos
5.2. La caja operativa
5.3. Las cuentas de bancos operativas, restringidas y financieras
5.4. Los pagos a justificar
5.5. Los anticipos de caja fija
5.6. Los teatros municipales
6. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
6.1. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla)
6.1.1. El plan de disposición de fondos.
6.1.2. La caja operativa
6.1.3. Las cuentas de bancos operativas, restringidas y financieras
6.1.4. Los pagos a justificar
6.1.5. Los anticipos de caja fija
6.1.6. El teatro municipal
6.2. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera (Cádiz)
6.2.1. El plan de disposición de fondos
6.2.2. La caja operativa
6.2.3. Las cuentas de bancos operativas, restringidas y financieras
6.2.4. Los pagos a justificar
6.2.5. Los anticipos de caja fija
6.2.6. El teatro municipal
6.3. Ayuntamiento de El Ejido (Almería)
6.3.1. El plan de disposición de fondos
6.3.2. La caja operativa
6.3.3. Las cuentas de bancos operativas, restringidas y financieras
6.3.4. Los pagos a justificar
6.3.5. Los anticipos de caja fija
6.3.6. El teatro municipal
6.4. Ayuntamiento de Marbella (Málaga)
6.4.1. El plan de disposición de fondos
6.4.2. La caja operativa
6.4.3. Las cuentas de bancos operativas, restringidas y financieras
6.4.4. Los pagos a justificar
6.4.5. Los anticipos de caja fija
6.4.6. El teatro municipal
6.5. Ayuntamiento de Mijas (Málaga)
6.5.1. El plan de disposición de fondos
6.5.2. La caja operativa
6.5.3. Las cuentas de bancos operativas, restringidas y financieras
6.5.4. Los pagos a justificar
6.5.5. Los anticipos de caja fija
6.5.6. El teatro municipal
6.6. Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería)
6.6.1. El plan de disposición de fondos
6.6.2. La caja operativa
6.6.3. Las cuentas de bancos operativas, restringidas y financieras
6.6.4. Los pagos a justificar
6.6.5. Los anticipos de caja fija
6.6.6. El teatro municipal y la plaza de toros
7. ALEGACIONES PRESENTADAS Y SU TRATAMIENTO EN LOS SUPUESTOS QUE NO HAYAN SIDO ADMITIDAS O SE ADMITAN PARCIALMENTE
ABREVIATURAS
CCA Cámara de Cuentas de Andalucía
CCLL Corporaciones Locales
D.A. Disposición Adicional
€ Euros
ET Estado de Tesorería
IMNCL Instrucción del Modelo normal de Contabilidad Local, aprobada por la Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre
LGS Ley 3/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
PDF Plan de Disposición de Fondos
PGCP Plan General de Contabilidad Pública, adaptado a la Administración local, anexo a la Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre
TRLRHL Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
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