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Contra la desestimación presunta del recurso de alzada por silencio administrativo contra la Resolución de fecha 22 octubre de 2012, por la que se aprobó el deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes de la Rambla de San Antonio en el tramo comprendido entre 1,5 km aguas arriba de la CN-340 y esta última, en el término municipal de Roquetas del Mar, provincia de Almería, expediente AL-30107. Emplazamiento del artículo 49 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, del Procedimiento Administrativo Común., así como lo dispuesto en el art. 49 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se hace pública la interposición de recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso de alzada por silencio administrativo, contra la resolución aprobatoria del deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes de la Rambla San Antonio, en el término municipal de Roquetas del Mar, Provincia de Almería, e interpuesto por don Alberto Torres Peralta, en nombre y representación de la entidad Inmolife, S.L., correspondiente al Procedimiento Ordinario número 569/2013, cuya tramitación se realiza por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de la provincia de Almería, y que se comunica a los efectos de que todos aquellos que aparezcan como interesados en el mismo puedan personarse como demandados ante ese Juzgado en legal forma, mediante Procurador y Abogado, o solamente mediante Abogado con poder al efecto.
Asimismo, tal y como previene el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14 enero), el presente anuncio servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos y/o aquellos respecto de quienes sea ignorado su paradero.
Sevilla, 21 de marzo de 2014.- El Director General, Juan María Serrato Portillo.
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