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La Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, creó en su disposición adicional primera el Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo de carácter administrativo; configurándose actualmente como una Agencia Administrativa en virtud de lo establecido en el Decreto 216/2010, de 28 de junio, de adecuación de diversos organismos autónomos a las previsiones de la Ley 9/2007, de 22 octubre, Administración de la Junta de Andalucía. Por otra parte, esta Agencia ha sido adscrita a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales según Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 140/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud.
En virtud de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, anteriormente mencionada, y del Decreto 118/1997, de 22 de abril, por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud, se atribuye al mismo, entre otras funciones, «la planificación, programación, organización, seguimiento y evaluación de las actuaciones en materia de juventud impulsadas por la administración de la Junta de Andalucía».
El Acuerdo de 8 de febrero de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el II Plan Integral de Juventud 2011-2014 «Plan Gyga», se configura como marco de referencia para la planificación y puesta en marcha de las actuaciones que en materia de juventud se acometan en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía; así como la coordinación, evaluación y seguimiento de las actuaciones que en esta materia se lleven a cabo desde la Administración de la Junta de Andalucía.
Este Plan se estructura en tres dimensiones que corresponden a los tres retos fundamentales del Plan Gyga: emancipación de la juventud andaluza; participación y formación en valores; y calidad de vida. En la dimensión «Participación y Formación en Valores» el Plan Gyga tiene en la promoción del voluntariado y el estimulo de la participación entre la juventud andaluza, así como de la movilidad y el aprendizaje intercultural, una de sus líneas básicas. En este marco funcional, y con la finalidad de promocionar actividades y servicios para la juventud de nuestra Comunidad Autónoma encaminados a difundir el respeto a los valores democráticos, a fomentar estilos de vida saludables, abriendo nuevas posibilidades que permitan un uso más creativo del tiempo libre, se pretende desarrollar la convocatoria para la participación en el Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario 2014.
Los Campos de Trabajo son una forma particular de servicio voluntario que cuenta con una larga tradición e implantación en nuestro país y en todo el mundo. Consisten en que un grupo de jóvenes de diferentes procedencias se comprometan, de forma voluntaria y desinteresada, a desarrollar un proyecto de trabajo de proyección social y de actividades complementarias, durante un tiempo determinado, siendo la realización del proyecto un medio para fomentar valores de convivencia, tolerancia, solidaridad, participación o aprendizaje intercultural.
El apartado Decimotercero, de la Resolución de 16 de enero de 2014 de este Instituto (BOJA núm. 17, de 27 de enero de 2014) por la que se regula la convocatoria para la aprobación de proyectos correspondientes al Programa de Campos de Trabajo de servicio voluntario para jóvenes 2014, establece que la selección de las personas jóvenes participantes en las actividades que resulten aprobadas, corresponderá al Instituto Andaluz de la Juventud y a sus Direcciones Provinciales, dentro de sus respectivos ámbitos competenciales y territoriales.
De conformidad con lo establecido en el apartado 3.3 de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, en relación con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 118/1997, de 22 de abril, y en el apartado Decimotercero de la Resolución de 16 de enero de 2014 anteriormente citada, y demás normas de general aplicación:
RESUELVO
Primero. Objeto.
La presente Resolución tiene por objeto convocar la participación en el Programa de Campos de Trabajo de servicio voluntario para jóvenes 2014.
Segundo. Plazas y turnos.
Dentro del Programa de Campos de Trabajo de servicio voluntario para jóvenes, se ofertan para el año 2014 un total de 456 plazas, distribuidas en 19 Campos de Trabajo.
Los Campos de Trabajo de servicio voluntario para jóvenes en Andalucía son aprobados conforme a la regulación contenida en la Resolución de 16 de enero de 2014 del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la aprobación de proyectos correspondientes al Programa de Campos de Trabajo de servicio voluntario para jóvenes 2014 (BOJA núm. 17, de 27 de enero de 2014).
Tercero. Modalidades.
Atendiendo al contenido y finalidad de las actividades a realizar, los Campos de Trabajo de servicio voluntario, abarcan las siguientes modalidades:
a) Investigación, Documentación, Rehabilitación y/o Recuperación del Patrimonio Histórico-Artístico y Cultural.
b) Arqueología. Etnología.
c) Acciones destinadas a la Protección o Recuperación del Medio Ambiente.
d) Acción Comunitaria y de Intervención Social en un medio determinado (barrios, zonas rurales, centros hospitalarios, centros para la tercera edad, bibliotecas, espacios deportivos, etc.) y/o dirigidas a personas destinatarias con características específicas (personas con discapacidad, inmigrantes, personas mayores, menores en situación de riesgo, desigualdades, etc.).
e) Otras que, cumpliendo con los requisitos y objetivos del Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario, no se encuentren entre las anteriores modalidades.
Cuarto. Condiciones generales de participación.
Las condiciones generales de participación en el Programa de Campos de Trabajo de servicio voluntario para jóvenes para el año 2014 se darán a conocer en toda la Comunidad Autónoma en los lugares enumerados en el Anexo-Directorio de esta Resolución, así como en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud.
Dichas condiciones generales recogerán como mínimo el plazo de presentación de los boletines de inscripción, la denominación de la actividad, modalidad, lugar de realización, fechas en que se desarrollará, edades, compromiso de la persona voluntaria, requisitos específicos en su caso, procedimiento de adjudicación de las plazas, forma y plazo de renuncia a las plazas adjudicadas, información de las actividades a realizar y entidad organizadora.
Las personas voluntarias con plaza adjudicada, que no asistan al Campo de Trabajo asignado y no hayan renunciado al mismo en la forma y plazos establecidos en las condiciones generales, no podrán optar a la Convocatoria de Campos de Trabajo del Instituto Andaluz de la Juventud en los tres próximos años.
Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
Las personas interesadas en participar en el Programa de Campos de Trabajo de servicio voluntario para jóvenes para el año 2014, en el plazo que se establezca en las condiciones generales, deberán realizar una solicitud de pre-reserva a través de la página web del Instituto Andaluz de la Juventud: http://www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud.
Una vez que se haya comprobado que cumplen los requisitos (ser andaluz o residente en Andalucía y edad establecida para cada Campo en la fecha de inicio del mismo), deberán presentar la solicitud definitiva (boletín de inscripción) que se acompaña como Anexo I a esta Resolución.
Las solicitudes y documentación a que se refiere el punto anterior, podrán presentarse de manera telemática a través de la oficina virtual en la siguiente dirección https://ws133.juntadeandalucia.es/oficinaVirtual. Asimismo, se podrán presentar en los lugares y por los medios indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, entre ellos, preferentemente, en las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud, donde deseen que sea tramitada su solicitud.
Sexto. Aceptación de condiciones.
La participación en el Programa de Campos de Trabajo de servicio voluntario para jóvenes 2014, al que se refiere la presente Resolución, supondrá la aceptación de las condiciones generales y específicas que se establezcan al respecto.
Sevilla, 5 de mayo de 2014.- El Director General, Raúl Perales Acedo.
ANEXO II
directorio
1. DIRECCIONES PROVISIONALES DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD
DIRECCIÓN | CÓD. POSTAL | PROVINCIA | TELÉFONO | FAX |
C/ General Tamayo, 23, Bajo | 04001 | ALMERÍA |
600160192 600160196 |
950 006 620 |
Plaza de la Candelaria núm. 6 | 11005 | CÁDIZ |
600160220 600160222 |
956 007 520 |
C/ Adarve, 2 | 14002 | CÓRDOBA |
600160266 600160271 |
957 352 241 |
C/ Ancha de Santo Domingo, 1 (Casa de los Girones) |
18009 | GRANADA |
600160288 600160284 |
958 025 870 |
C/ Rico, 26 | 21001 | HUELVA |
600160309 600160304 |
959 011 951 |
C/ Arquitecto Berges, 34 A | 23007 | JAÉN |
600160332 600160333 |
953 001 970 |
C/ Carretería, 7 | 29008 | MÁLAGA |
600160357 600160344 |
951 040 920 |
C/ O’Donnell, 22 | 41001 | SEVILLA |
600160447 600160441 |
955 036 360 |
2. PÁGINA WEB DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD
http://www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud.
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