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Con fecha 23 de mayo de 2011 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Decreto 154/2011, de 10 de mayo, por el que se regula el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres, como desarrollo a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía. El artículo 4 del citado Decreto determina la composición del Consejo, estableciendo en su apartado 6 que podrán formar parte como vocales del Pleno del Consejo, hasta un máximo de tres personas con reconocida trayectoria en el movimiento asociativo de mujeres, que actuarán con voz y sin voto de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno del Consejo. Este apartado dispone igualmente que el nombramiento se hará para un periodo de dos años, prorrogables por periodos de igual duración y sin limitación alguna.
Una vez constituido el Consejo, mediante Orden de 14 de marzo de 2012, se procedió al nombramiento como vocales del Pleno a dos personas con reconocida trayectoria en el movimiento asociativo de mujeres, resultando ser, además, dos personas pertenecientes al movimiento sindical, siendo una de ellas miembro de la Unión General de Trabajadores de Andalucía. Con posterioridad dicha organización ha propuesto nuevo nombramiento de la persona que ocupa el puesto de vocal experta.
En su virtud, a propuesta de la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el artículo 6 del Decreto 154/2011, de 10 de mayo,
DISPONGO
Primero. El cese de doña Ana Pérez Luna como Vocal Experta del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres.
Segundo. El nombramiento de doña María Isabel González Gómez como Vocal Experta del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres.
Sevilla, 6 de mayo de 2014
María José Sánchez Rubio | |
Consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales |