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NIG: 2906742C20130037710.
Procedimiento: Constitución del acogimiento 1352/2013. Negociado: ER.
Sobre: Propuesta Acogimiento Permanente Menor: P.A.H.C. (expte. protección menor núm. 352-2009-00000595-1).
De: Servicio de Protección de Menores.
Letrado: Sr. Letrado del Gabinete Jurídico Junta de Andalucía.
Contra: Jennifer de la Caridad Cepero Martínez y Isidoro Heredia Rodríguez.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es como sigue: «Aprobar la propuesta de Acogimiento Familiar Permanente formulada por la Delegación Territorial de la Consejería de Salud y Bienestar Social en Málaga de la Junta de Andalucía respecto al menor P.A.H.C. (expte. protección menor núm. 352-2009-00000595-1) a favor de las personas que figuran como acogedores en la información aportada, quienes deberán asumir las obligaciones legales de tal status con carácter de Acogimiento Familiar Permanente.
Notifíquese esta Resolución a las partes y a los progenitores, o tutor, si fueren habidos, publicándose edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a los efectos de notificación a la madre biológica dada su situación de paradero desconocido. Cúmplase, en todo caso, lo dispuesto en el art. 1.826 de la L.E. Civil.
Contra esta Resolución cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días desde la notificación, para ante la Audiencia Provincial de Málaga».
Y como consecuencia del ignorado paradero de Jennifer de la Caridad Cepero Martínez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Málaga, a ocho de mayo de dos mil catorce.- El Secretario.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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