Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 23/05/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de mayo de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga, dimanante de autos núm. 1142/2013.

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NIG: 2906742C20110033569.

Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 1142/2013. Negociado: IA.

De: Doña María Del Carmen Díaz Aracil.

Procuradora: Sra. Alicia Cuadra Clemente.

Letrado: Sr. Luis Luque del Río.

Contra: Don Manuel Jiménez Moya.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 1142/2013, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga, a instancia de doña María del Carmen Díaz Aracil, contra don Manuel Jiménez Moya sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por doña María del Carmen Díaz Aracil contra don Manuel Jiménez Moya, sobre modificación de medidas y en consecuencia debo modificar y modifico las medidas definitivas adoptadas en los autos de divorcio de mutuo acuerdo número 1152/2011 en los siguientes extremos:

1.º Se fija como pensión alimenticia desde la fecha de esta sentencia en favor de los hijos menores la cantidad mensual de 600 euros al mes que deberá ingresar el padre dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente o libreta de ahorro que el cónyuge designe ante este Juzgado. Dicha cantidad se incrementará o disminuirá conforme a las variaciones del Índice General de Precios al Consumo (IPC), actualizándose anualmente de forma automática.

2.º El préstamo hipotecario que grava la vivienda familiar será abonado por mitad entre las partes desde la fecha de esta sentencia.

Cada parte abonará sus propias costas.

Notifíquese la presente a las partes y a través de edictos que se publicará en el BOJA a la demandada rebelde, dada su situación de paradero desconocido.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 de la LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2937 0000 00 1142 13, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Manuel Jiménez Moya, extiendo y firmo la presente.

En Málaga, a catorce de mayo de dos mil catorce.- El Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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