Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 29/05/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 29 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Linares (Jaén). (PP. 23/2015).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.4 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TARIFAS AUTORIZADAS IVA INCLUIDO
TARIFA 1 (Servicios prestados en días laborables de 6,00 a 22,00 horas)
Por bajada de bandera 1,26 euros
Por km recorrido 0,67 euros
Por hora de espera 17,00 euros
Carrera mínima 3,16 euros
TARIFA 2 (Servicios prestados en días laborables de 22,00 a 6,00 horas, sábados, domingos, festivos las 24 horas, Feria de San Agustín, Navidad, Reyes y Semana Santa)
Por bajada de bandera 1,50 euros
Por km recorrido 0,80 euros
Por hora de espera 20,43 euros
Carrera mínima 3,83 euros
TARIFA 3 (Servicios fuera de los límites del casco urbano y hasta el término municipal de Linares)
Por km recorrido 1,35 euros
Por hora de espera 17,00 euros
Carrera mínima Según tarifa de aplicación
SUPLEMENTOS
Por cada bulto o maleta de más de 60 cm 0,48 euros
Nochebuena y Nochevieja (entre las 22,00 y las 7,00 horas del día siguiente) 4,25 euros

Segundo. Esta Resolución surtirá efectos desde el día 1 de enero de 2015, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente, por los profesionales del sector, a los usuarios del servicio hasta tanto no se publiquen en el citado Boletín, exhibiéndola en un lugar visible del vehículo.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de diciembre de 2014.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

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