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NIG: 1400241C20141000565.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 581/2014. Negociado: P.
De: Antonio Martín Luque.
Procurador: Sr. Manuel Velasco Jurado.
Letrada: Sra. María Herencia Carbonero.
Contra: Cristina Estela Romano Vega.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de Familia. Divorcio Contencioso núm. 581/2014, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Aguilar de la Frontera, a instancia de Antonio Martín Luque frente a Cristina Estela Romano Vega, sobre divorcio, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA (NÚM. 84)
Aguilar de la Frontera, veinte de mayo de dos mil quince.
Don Francisco José Ortega Reyes, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Aguilar de la Frontera y su partido judicial, ha visto los autos de divorcio seguidos bajo el número 581/2014, a instancia de don Antonio Martín Luque, mayor de edad, representado por el Procurador de los Tribunales don Manuel Velasco Jurado y asistido del Abogado don Luis Flores Castro, en sustitución de la Abogada doña María Herencia Carbonero, contra doña Cristina Estela Romano Vega, cuya situación procesal es la de rebeldía. Habiendo recaído la presente en base a los siguientes,
FALLO
Que, estimando en parte la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales don Manuel Velasco Jurado, en nombre y representación de don Antonio Martín Luque, contra doña Cristina Estela Romano Vega, se declara la disolución por divorcio del matrimonio formado por don Antonio Martín Luque y doña Cristina Estela Romano Vega, celebrado en Córdoba (Argentina) el día 20 de marzo de 2009, inscrito al tomo 02136 página 46 del Registro Civil Central, con todos los efectos que legalmente se derivan de tal declaración, y todo ello sin hacer especial condena en costas a ninguna de las partes.
Notifíquese a las partes personadas la presente resolución, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que se interpondrá en el plazo de veinte días ante este Juzgado y del que conocerá la Iltma. A. Provincial.
Y con el fin de que sirva de notificación a la demandada Cristina Estela Romano Vega, extiendo y firmo la presente en Aguilar de la Frontera, a veinte de mayo de dos mil quince.- El Secretario Judicial.
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