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De conformidad con lo establecido en el artículo 77.4 en relación con el artículo 82 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (BOJA número 122, de 23.6.2010), se hace público el anuncio del acuerdo de disolución del Consorcio Cultural del Marquesado, adoptado el día 11 de diciembre de 2014, cuyo texto es el siguiente:
«PUNTO 2.º ACUERDO DE APROBACIÓN DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL CONSORCIO CONFORME A LA LEY 27/2013, DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL
Visto que se dan las siguientes causas legales de disolución previstas en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, como son: el acuerdo de no adscripción del Consorcio Cultural del Marquesado a la Diputación Provincial de Granada ni a ninguna de las entidades que lo integran, así como la no adaptación de sus Estatutos, y no presentó las cuentas ante los organismos correspondientes del Estado y de la Comunidad Autónoma, y de acuerdo con lo establecido en las Estatutos del Consorcio, procede llevar a cabo su disolución.
Emitido informe de Secretaría sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir para disolver el Consorcio Cultural del Marquesado.
Acordada, en sesión de esta Asamblea de fecha 30 de septiembre, la iniciación del procedimiento para la disolución del Consorcio, nombrando una Comisión Liquidadora.
El acuerdo de inicio fue remitido a todos los Ayuntamiento y a la Diputación Provincial, integrantes del Consorcio, para su conocimiento.
Leídos el informe de Secretaría-Intervención sobre el estado económico y financiero del Consorcio, el informe sobre los servicios gestionados por el Consorcio y los certificados de Secretaría sobre los bienes y derechos del Consorcio y sobre la inexistencia de plantilla y Relación de Puestos de Trabajo.
Visto que con fecha 18 de noviembre, la Comisión Liquidadora ha remitido su propuesta de liquidación del Consorcio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de los Estatutos, en el artículo 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en relación con la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local y en el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de población y demarcación territorial de las Entidades Locales, la Asamblea adopta por mayoría absoluta el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar la disolución del Consorcio Cultural del Marquesado, por los siguientes motivos: el acuerdo adoptado de no adscripción del Consorcio Cultural del Marquesado a la Diputación Provincial de Granada ni a ninguna de las entidades que lo integran, y la no adaptación de sus Estatutos.
Segundo. Aprobar la liquidación elaborada por la Comisión Liquidadora, de la que formarán parte a todos los efectos los informes obrantes en el expediente:
1. Los servicios gestionados por el Consorcio Cultural del Marquesado: “la organización del certamen teatral del marquesado, y en general, la promoción y organización de actividades culturales en el mismo”, se traspasarán con todos los efectos a la Mancomunidad de Municipios del Marquesado del Zenete, que será asumido por la misma, a partir del día 1 de enero de 2015.
2. Los bienes y derechos del Consorcio se traspasarán con todos los efectos a la Mancomunidad del Marquesado del Zenete de la siguiente manera:
- Todos los bienes propiedad del Consorcio serán de uso exclusivo para la organización del certamen teatral del marquesado, y en general, para la promoción y organización de actividades culturales que se celebren.
3. Las transferencias para gastos corrientes pendientes de recibir y pagos pendientes de abonar se traspasarán a la Mancomunidad del Marquesado del Zenete, de la siguiente manera:
- Transferencia para gastos corrientes, pendiente de recibir, del Ayuntamiento de La Calahorra, de 911,00 euros.
- Pago ordenado correspondiente a la factura a Antonio Garrido Román, de 400,00 euros, pendiente de abonar.
4. La participación del Ayuntamiento del Valle del Zalabí en el Certamen Teatral a partir del día 1 de enero de 2015, integrante actualmente del Consorcio, pero que no forma parte de la Mancomunidad, se realizará mediante la suscripción de un convenio administrativo con la Mancomunidad, para tal finalidad.
Tercero. Remitir este acuerdo a los Ayuntamientos integrantes a los efectos oportunos, en particular para la aceptación de los traspasos acordados y la aprobación de la disolución por los Plenos de los respectivos Ayuntamientos y de la Diputación Provincial de Granada.
Cuarto. Ratificada la disolución por los Ayuntamientos respectivos, remitir el presente acuerdo a la Consejería competente en materia de administración local, a los efectos de su conocimiento y dar traslado de este acuerdo al Registro Estatal de Entidades Locales a fin de que se lleven a cabo las inscripciones correspondientes.»
Posteriormente las distintas entidades que forman parte del Consorcio Cultural del Marquesado han aprobado la disolución del Consorcio en sus propios términos, según lo siguiente:
Diputación Provincial de Granada. Pleno de fecha 22.1.2015.
Ayuntamiento de Aldeire. Pleno de fecha 22.12.2014.
Ayuntamiento de Alquife. Pleno de fecha 30.1.2015.
Ayuntamiento de Dólar. Pleno de fecha 19.12.2014.
Ayuntamiento de Ferreira. Pleno de fecha 25.2.2015.
Ayuntamiento de Jerez del Marquesado. Pleno de fecha 24.12.2014.
Ayuntamiento de Huéneja. Pleno de fecha 31 de marzo de 2015
Ayuntamiento de La Calahorra. Pleno de fecha 17.3.2015.
Ayuntamiento de Lanteira. Pleno de fecha 30.12.2014.
Ayuntamiento del Valle de Zalabí. Pleno de fecha 22 de diciembre de 2014.
Ayuntamiento de Cogollos . Pleno de fecha 24.2.2015.
Ayuntamiento de Albuñán. Pleno de fecha 25.2.2015.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.
La Calahorra, 6 de abril de 2015.- El Presidente en funciones, Alejandro Ramírez Pérez.
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