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Procedimiento: 788/2014.
Ejecución: 60.1/2015. Negociado: B3.
NIG: 2906744S20140011551.
De: Doña Carmen Rocío Romero Gutiérrez.
Contra: Solerdent, S.L., y Sarcodent, S.L.
EDICTO
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 60.1/2015, a instancia de la parte actora doña Carmen Rocío Romero Gutiérrez contra Solerdent, S.L., y Sarcodent, S.L., sobre Ejecución, se ha dictado Auto de fecha 28.5.2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Que debo no ha lugar a convocatoria de incidente de no readmisión de los arts. 278 y ss. de LRJS ni auto de extinción de relación laboral al no ser el punto segundo del fallo firme.
Que no ha lugar a la ejecución parcial de la acción de reclamación de cantidad, al no ser el punto tercero del fallo firme.
Esta resolución a las partes informándosele no es firme y contra ella cabe recurso de reposición.
Así lo acuerda, manda y firma don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, de lo que doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado Solerdent, S.L., y Sarcodent, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a nueve de junio de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.
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