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Habiéndose comunicado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga la interposición del recurso contencioso-administrativo por parte de la Confederación General del Trabajo de Andalucía CGT-A contra la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, en el procedimiento referido, de amparo de derechos fundamentales de la persona, que se tramita con carácter preferente, y a tenor de lo previsto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
HE RESUELTO
Primero. Anunciar el recurso contencioso-administrativo tramitado como procedimiento sobre derechos fundamentales núm. 416/2015, seguido en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, interpuesto por la Confederación General del Trabajo de Andalucía CGT-A contra la Orden de 5 de junio de 2015 de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, por la que se garantiza el funcionamiento del Servicio Provincial 061 de Málaga, mediante el establecimiento de servicios mínimos (BOJA núm. 111, de 11 de junio de 2015).
Segundo. Ordenar la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Málaga, y emplazar a los interesados para que puedan personarse como demandados en el recurso en el plazo de cinco días, conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
Tercero. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de julio de 2015.- El Secretario General Técnico, José Salvador Muñoz San Martín.
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