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NIG: 4109145020120004472.
Procedimiento: Pieza Separada 321.1/2012. Negociado: 3.
Recurrente: David Franco Ávila.
Demandada: Amelia Denegrí Espinosa.
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Diez de Sevilla.
Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 321.1/2012, promovido por David Franco Ávila se ha dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Diez de Sevilla resolución de 23.9.2013, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
«DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Secretaria Judicial: Sra. Yáñez Rodríguez.
En Sevilla, a veintitrés de septiembre de dos mil trece.
Se ha recibido solicitud de jura de cuentas formulada por el letrado don David Franco Ávila, que ha sido registrada con el núm. 34/13 en el libro de incidentes. A su vista se acuerda formar pieza separada para su tramitación y requerir de conformidad con lo dispuesto en el art. 34.2 de la LEC al poderdante doña Amelia Denegrí Espinosa para que pague o impugne la cuenta, en el plazo de 10 días con las costas, con el apercibimiento de que, si no paga o se opone, se procederá por la vía de apremio.
Hágase saber a las partes que podrán formular recurso de reposición contra esta resolución por escrito presentado ante este Juzgado y con firma de letrado, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.
Así lo ordena la Sra. Secretaria Judicial.»
Lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.
En Sevilla, a veintiséis de febrero de dos mil quince.- El Secretario Judicial.
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