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Por esta Delegación Territorial se tramitan expedientes por infracción al régimen legal de carreteras, y no habiéndose podido notificar a los interesados los distintos acuerdos en los domicilios que constan en los expedientes, se expide la presente, a fin de que sirva de notificación en forma, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Expediente: S.C. 02/15.
Asunto: Acuerdo de inicio de expediente sancionador.
Interesado: Mesón 30, S.L.
Expediente: S.C. 08/15.
Asunto: Acuerdo de inicio de expediente sancionador.
Interesado: Bética Pozos y Sondeos, S.L.
Expediente: S.C. 10/15.
Asunto: Acuerdo de inicio de expediente sancionador.
Interesado: Antonio Agüera Torres.
Expediente: S.C. 11/15.
Asunto: Acuerdo de inicio de expediente sancionador.
Interesado: Mesón 30, S.L.
Expediente: S.C. 12/15.
Asunto: Acuerdo de inicio de expediente sancionador.
Interesado: Mesón 30, S.L.
Expediente: S.C. 13/15.
Asunto: Acuerdo de inicio de expediente sancionador.
Interesado: María Barrientos Baquero.
Expediente: S.C. 15/15.
Asunto: Acuerdo de inicio de expediente sancionador.
Interesado: Lhasa Studio Comunicación, S.L.
Expediente: S.C. 18/15.
Asunto: Acuerdo de inicio de expediente sancionador.
Interesado: Mario Canivell Freitex.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 de la citada Ley, los interesados podrán comparecer en las dependencias de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio, sita en Málaga, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, C.P. 29071, para conocimiento del contenido íntegro del acto y constancia del mismo, a fin de que si lo estiman oportuno, aleguen por escrito a esta Delegación lo que a su derecho convenga, con aportación o proposición de pruebas, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Málaga, 8 de julio de 2015.- El Delegado, Francisco Fernández España.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación».
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