Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 22/07/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 15 de julio de 2015, de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se publica la Memoria Ambiental del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, promovido por la Consejería de Economía y Conocimiento.

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ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 30 de abril de 2014, la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en calidad de órgano promotor del referenciado Programa Operativo, remitió a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, órgano ambiental en el procedimiento de Evaluación Ambiental, un documento de avance del Programa, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 39.2 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, iniciando de esta forma el procedimiento de Evaluación Ambiental del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020.

Segundo. La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, con fecha 7 de julio de 2014, remitió a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo un documento de referencia para la elaboración del preceptivo Informe de Sostenibilidad, en el que se especificaba la amplitud, nivel de detalle y el grado de especificación del mismo, tras identificar y consultar a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado.

Tercero. Según lo establecido en los artículos 39.1 y 39.3 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo elaboró el correspondiente Informe de Sostenibilidad Ambiental que se sometió al proceso de información pública y consulta, junto a la versión preliminar del PO FEDER de Andalucía 2014-2020.

Cuarto. Una vez finalizada la fase de información pública y de consultas, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo elaboraron de forma conjunta la Memoria Ambiental, con objeto de valorar la integración de los aspectos ambientales en la propuesta del Programa Operativo.

Quinto. La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo ha elaborado la propuesta del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, tomando en consideración el informe de sostenibilidad ambiental, las alegaciones formuladas en las consultas y la memoria ambiental, según establece el artículo 39.5 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Sexto. Según establece el artículo 39.5 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la Memoria Ambiental, tiene carácter preceptivo y se tendrá en cuenta en el Programa Operativo antes de su aprobación definitiva.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera. El Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, establece en su artículo 55 que la evaluación ex- ante deberá incorporar, cuando proceda, los requisitos para realizar la evaluación estratégica medioambiental.

Segunda. Los requisitos establecidos en la Directiva 2001/42/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se centran en la obligación por parte de los Estados Miembros de valorar los efectos de determinados planes y programas sobre el medio ambiente. Se pretende, de esta forma, establecer la Evaluación Ambiental como un instrumento de prevención clave para que los procesos de planificación y programación incorporen el principio horizontal del medio ambiente en su desarrollo. La Directiva fue incorporada al ordenamiento jurídico estatal mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, derogada por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y al ordenamiento jurídico regional mediante la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, modificada por el Decreto-Ley 3/2015, de 3 de marzo.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO

Unico. Publicar la Memoria Ambiental del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, que figura como Anexo.

Sevilla, 15 de julio de 2015.- La Directora General, Patricia Eguilior Arranz.

EVALUACIÓN AMBIENTAL DE PLANES Y PROGRAMAS

PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE ANDALUCÍA 2014-2020

MEMORIA AMBIENTAL

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN

2. OBJETO DE LA MEMORIA AMBIENTAL

3. TRAMITACIÓN

4. ANÁLISIS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

5. VALORACIÓN DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

5.1. Adecuación a la Ley 7/2007 y al Documento de Referencia

5.2. Adecuación al contenido del Plan

5.3. Alcance de la evaluación

6. PROPUESTA DE ALTERNATIVAS

7. EFECTOS SIGNIFICATIVOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

8. EVALUACIÓN DEL RESULTADO DE LAS CONSULTAS REALIZADAS

9. DETERMINACIONES AMBIENTALES A CONSIDERAR EN LA ESTRATEGIA

9.1. Informe de seguimiento y evaluación

9.2. Sistema de indicadores ambientales

1. INTRODUCCIÓN

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, modificada por el Decreto-Ley 3/2015 de 3 de marzo, y de acuerdo con la disposición transitoria primera de este Decreto-Ley, se realiza y se hace pública la Memoria Ambiental del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020.

2. OBJETO DE LA MEMORIA AMBIENTAL

La Ley 7/2007, de 9 de julio, establece en su artículo 36 la necesidad de someter a evaluación ambiental los planes y programas señalados en las categorías 12.1 y 12.2 del Anexo I que establezcan el marco para la futura autorización de proyectos que cumplan con los requisitos siguientes:

1.º Que se elaboren o aprueben por la Administración de la Junta de Andalucía.

2.º Que su elaboración y aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Gobierno.

El Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 se encuentra incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, ya que está elaborado y aprobado por una Administración pública y establece el marco para la futura autorización de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental. En base al procedimiento de evaluación ambiental definido en la citada Ley y de acuerdo con lo establecido en el artículo 39.4, se formula y elabora la presente Memoria Ambiental de forma conjunta entre el Órgano Ambiental (Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio) y el Órgano Promotor del Programa (Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo).

El objeto de la Memoria Ambiental es valorar la integración de los aspectos ambientales en la propuesta del Programa, analizar el proceso de evaluación, el informe de sostenibilidad ambiental, las consultas realizadas y la previsión de los impactos significativos de la aplicación del Programa. Asimismo, en la Memoria Ambiental se incluyen las determinaciones finales que deban incorporarse a la propuesta del Programa. La Memoria Ambiental es preceptiva y se debe tener en cuenta en el Programa antes de su aprobación definitiva.

3. TRAMITACIÓN

El Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 ha sido tramitado de acuerdo con lo establecido en el Título III, artículo 39, de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

El procedimiento de Evaluación Ambiental se inició con la comunicación por parte de Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la iniciación de la tramitación del citado Programa. Dicha comunicación se acompañaba de una evaluación de los aspectos establecidos en el artículo 39.2 de la Ley 7/2007, de 9 de julio.

En base a este documento de inicio, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, identificó a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado a los que se debía consultar y llevó a cabo dicho trámite de participación en el proceso de evaluación ambiental del Programa.

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio elaboró un Documento de Referencia con los criterios ambientales estratégicos e indicadores de los objetivos ambientales y principios de sostenibilidad aplicables. Así mismo, en dicho documento se consideró el resultado de las consultas realizadas y se determinó el contenido, con la amplitud y nivel de detalle necesario, que debía contemplarse en el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) para que fuese elaborado por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Una vez elaborado dicho Documento de Referencia fue remitido al órgano promotor.

La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo elaboró el Informe de Sostenibilidad Ambiental siguiendo los criterios establecidos en el Documento de Referencia elaborado por el órgano ambiental y según el contenido establecido en el artículo 39.2 de la Ley 7/2007, de 9 de julio. El Informe de Sostenibilidad Ambiental junto con la versión preliminar del Programa, fueron sometidos a información pública en cumplimiento de lo establecido en el artículo 39.3 de la citada Ley mediante Resolución de 2 de octubre de 2014, de la Dirección General de Fondos Europeos (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 198, 9 de octubre de 2014).

Finalizada esta fase, la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, formulan la presente Memoria Ambiental sobre el Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020.

4. ANÁLISIS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

El proceso de evaluación ambiental del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 se ha llevado a cabo según lo previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio. En dicho proceso de evaluación ambiental se ha realizado una identificación de los potenciales impactos ambientales que podrían derivarse de la aplicación del Programa. La evaluación ambiental estratégica ha permitido la integración de los aspectos ambientales y la corrección de los posibles efectos ambientales negativos significativos de la aplicación de la Estrategia desde la fase inicial del proceso de planificación.

Se han integrado las consideraciones ambientales en la toma de decisiones del proceso de planificación realizado, garantizando así soluciones sostenibles y eficaces en el ámbito de aplicación del Programa.

Asimismo, se ha dado cumplimiento a otro de los grandes objetivos de la citada Ley, que consiste en la transparencia y participación ciudadana a través del acceso a una información exhaustiva y fidedigna del proceso planificador.

5. VALORACIÓN DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

5.1. Adecuación al contenido exigido por la Ley 7/2007, de 9 de julio, y a los criterios contenidos en el Documento de Referencia.

El Informe de Sostenibilidad Ambiental elaborado por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo describe y evalúa los posibles efectos significativos ambientales que pueden derivarse de la aplicación del Programa, respondiendo su contenido al fijado en el Anexo II.C) de la Ley 7/2007, de 9 de julio.

Así mismo, incorpora el contenido y alcance del documento de referencia propuesto por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, respondiendo a las directrices marcadas en dicho documento en cuanto a principios de sostenibilidad y criterios ambientales estratégicos, objetivos de planificación ambiental, principios de conservación de la biodiversidad, medidas correctoras y sistema de evaluación y seguimiento.

5.2. Adecuación al contenido del Programa.

La evaluación realizada en el Informe de Sostenibilidad Ambiental ha tenido en consideración los elementos que conforman el Programa, según se indica a continuación:

- Objetivos principales del Programa, determinaciones y relaciones con otros instrumentos de planificación.

- Análisis de alternativas.

- Análisis ambiental, estimación de efectos del Programa Operativo sobre el medio ambiente, propuesta de medidas correctoras o criterios ambientales a tener en cuenta con el objeto de prevenir, corregir o paliar los efectos negativos que pudieran generarse.

- Sistema de seguimiento ambiental.

5.3. Alcance de la evaluación.

El Informe de Sostenibilidad Ambiental ha evaluado la presencia y consideración de elementos ambientales, la coherencia externa con los principios y directrices de protección ambiental y desarrollo sostenible, evaluando su nivel de adecuación a las directrices derivadas de los planes y estrategias de naturaleza medioambiental y territorial, con los que guarde relación.

Se considera la contribución del PO FEDER de Andalucía 2014-2020 a las directrices adoptadas por el Consejo Europeo de Gotemburgo de 2001 en la «Estrategia de la Unión Europea a favor del desarrollo sostenible» (COM/2001/264 final y COM/2005/658 final), así como a lo contemplado en los siguientes documentos afines:

- Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050 (COM (2011)112 final).

- Una Europa que utilice eficazmente los recursos. Iniciativa emblemática con arreglo a la Estrategia Europa 2020 (COM (2011) 21 final).

- Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020: nuestro seguro de vida y capital natural (COM (2011)244 final).

- Incorporación del desarrollo sostenible en las políticas de la UE: Informe de 2009 sobre la estrategia de la Unión Europea para el desarrollo sostenible (COM (2009)400 final).

- Estrategia temática sobre el uso sostenible de los recursos naturales (COM (2005)670 final).

- Detener la pérdida de biodiversidad para 2010, y más adelante - Respaldar los servicios de los ecosistemas para el bienestar humano (COM (2006)216 final).

- Estrategia de la Unión para un crecimiento sostenible e integrador (COM (2010).

- Estrategia Ambiental para el Mediterráneo (COM (2006) 475 final).

- Hacia una gestión sostenible del agua en la Unión Europea (COM (2007) 128 final).

- Estrategia temática para la protección del suelo (COM (2006) 231 final).

- Estrategia temática sobre la contaminación atmosférica (COM (2005) 446).

- Estrategia temática sobre prevención y reciclado de residuos (COM (2005) 666).

Cabe destacar la existencia de diversos instrumentos de planificación regional, de carácter medioambiental, que contribuyen y complementan al Programa Operativo FEDER de Andalucía hacia la consecución de sus objetivos medioambientales:

- Estrategia Energética de Andalucía 2014-2020.

- Plan Andaluz de Acción por el Clima.

- Plan de Medio Ambiente de Andalucía Horizonte 2017.

- Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Biodiversidad.

- Estrategia Andaluza de Educación Ambiental.

- Estrategia Andaluza de Sostenibilidad Urbana.

Los objetivos ambientales del Programa se asocian con estrategias y objetivos establecidos a nivel europeo, desde aquellos que cuenta con un carácter más transversal, como la Estrategia de la Unión Europea hacia un Desarrollo Sostenible, hasta aquellas más específicas dirigidas al cumplimiento de objetivos en ámbitos más concretos como los residuos o la conservación de la biodiversidad.

No obstante, se identifican un mayor número de sinergias de las estrategias europeas con relación a los objetivos del Programa destinados a favorecer la transición a una economía baja en carbono, y conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos.

6. PROPUESTA DE ALTERNATIVAS Y JUSTIFICACIÓN DE LA ALTERNATIVA SELECCIONADA

Con el objeto de profundizar en el análisis de los efectos que las diferentes opciones de desarrollo pueden ocasionar en el territorio en general y en los elementos ambientales en particular, se plantea el estudio de diferentes alternativas.

En el análisis de alternativas planteado, la estrategia propuesta por el PO FEDER de Andalucía 2014-2020 se considera la alternativa ambientalmente más viable, frente al análisis de la alternativa cero y la opción de optar por la máxima concentración temática en la estrategia seleccionada. Por tanto, ésta será la que guiará las actuaciones del FEDER en Andalucía en el periodo de programación 2014-2020. Su selección se justifica por lo siguiente:

1. La no ejecución del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 tendría una influencia negativa en el territorio, tanto desde el punto de vista ambiental, como socioeconómico y financiero.

2. El Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, frente a la otra alternativa planteada en torno a la aplicación exclusiva de los objetivos asociados a la concentración temática, producirá potenciales efectos beneficiosos para el medio ambiente sobre un mayor número de ámbitos, además de responder, en mayor medida, al análisis de las necesidades del territorio.

La alternativa seleccionada destaca por su incidencia positiva en los componentes ambientales en general, especialmente sobre la población, la salud, la calidad del aire y los aspectos climáticos.

Asimismo, entre los efectos beneficiosos del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 cabe destacar, además, una mayor influencia positiva sobre el patrimonio natural y cultural, los recursos hídricos, la biodiversidad y el paisaje.

7. EFECTOS SIGNIFICATIVOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

La propuesta estratégica formulada por el Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, contribuye a lograr los objetivos medioambientales de la Unión Europea (2010-2050) relacionados con la energía, los gases de efecto invernadero, la contaminación y calidad del aire, agua, y la producción y el consumo responsable. El diseño de esta estrategia responde a las necesidades detectadas en el territorio.

Algunos de los principales problemas ambientales existentes en Andalucía destacados por el Programa Operativo FEDER son los siguientes:

- Problemas de erosión y desertificación originados como consecuencia de la acción de distintos agentes. En el caso de la erosión, el agua de lluvia es el más común, mientras que los procesos climáticos, junto a la explotación del suelo y el abandono de los cultivos, se encuentran entre las principales causas del desarrollo de los procesos de desertificación.

- Tendencia ascendente en el número de conatos de incendios y un riesgo grave de aumento de la superficie afectada.

- Elevado nivel de emisiones de gases de efecto invernadero.

- Déficit energético, reflejado en el reducido grado de autoabastecimiento.

- La elevada generación de residuos, producidos tanto por habitante como por las actividades agrícolas.

En general, el PO FEDER de Andalucía 2014-2020 presenta un carácter beneficioso para los componentes ambientales.

Por otro lado, respecto a la contribución de cada una de las prioridades de inversión del Programa, las referidas a la prevención de riesgos frente a catástrofes, la inversión en el sector del agua y la protección y restauración de la biodiversidad, protección y restablecimiento del suelo y fomento de los servicios en los ecosistemas, son las que se asocian a un mayor número de potenciales efectos positivos.

Una vez identificados los posibles efectos asociados al Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, se establecen medidas correctoras o criterios ambientales que habrán de tenerse en cuenta en el desarrollo de determinadas operaciones asociadas al Programa, que se caracterizan por sus posibles efectos negativos sobre el medio ambiente. En concreto, estas operaciones son las que se vinculan con el cumplimiento de los determinados objetivos específicos.

Estas medidas correctoras están dirigidas hacia la minimización de potenciales efectos negativos ocasionados por la construcción, ampliación e instalación de infraestructuras. Por tanto, entre las medidas propuestas destacan la valoración de la localización de las infraestructuras, medidas contra la erosión y la correcta gestión de residuos y vertidos.

Prioridad de Inversión (PI) Objetivo específico (OE) Medida Correctora/Criterio Ambiental Propuesto
PI.2.A. O.E.2.1.1. Fomentar el despliegue y la adopción de redes y servicios para garantizar la conectividad digital.
- En la selección de la ubicación de las infraestructuras se tendrá en cuenta el impacto paisajístico, especialmente si se trata de un espacio protegido.
- Se priorizará el aprovechamiento de infraestructuras exist
entes teniendo en cuenta los impactos acumulativos con dicha infraestructura.
- En la construcción de caminos en zonas con pendientes elevadas, se asegurará la evacuación de las aguas de escorrentía en las cunetas para evitar la erosión.
- Se protegerá el suelo mediante cubierta vegetal, piedras, u otros métodos, para evitar la posible erosión hídrica ocasionada por el resultado de movimientos de tierra.
- Se realizará una correcta gestión de residuos y vertidos.
- Se garantizará la restauración de las zonas afectadas.
PI.3.A OE 3.1.2. Creación de nuevas empresas y viveros de empresas, en particular mejorando el acceso a la financiación y a servicios avanzados.
- Se evitará proyectos que no contemplen medidas preventivas o correctoras respecto a posibles impactos negativos sobre la fauna, flora, suelo, agua, aire, paisaje, cambio climático y patrimonio natural y cultural.
- Se priorizará empresas que integren métodos de eficiencia energética y de agua.
- Se priorizará proyectos que contemplen una gestión medioambientalmente sostenible.
PI.4.A OE 4.1.1. Aumentar la proporción en el consumo final de energía de las fuentes renovables para producción de electricidad, incluidas las redes de transporte y distribución necesarias para su integración en el sistema eléctrico, en consonancia con el Plan de Energías Renovables 2011-2020.
- En la selección de la ubicación de las infraestructuras se tendrá en cuenta el impacto paisajístico, especialmente si se trata de un espacio protegido.
- Se valorarán positivamente aquellas alternativas, técnicas y/o métodos que ocasionen menor impacto negativo.
- Se realizará una correcta gestión de residuos y vertidos.
- Se garantizará la restauración de las zonas afectadas.
OE.4.1.2. Aumentar la participación y distribución de las energías renovables para usos térmicos, en particular la biomasa, biogás y biocombustibles para el transporte,en consonancia con el Plan de Energías Renovables 2011-2020 y en su caso, con la planificación de las Comunidades Autónomas. - Se evitará los proyectos que su
pongan un riesgo para la conservación de especies amenazadas y recursos ecológicos, en general, incluyendo entre otros criterios de emplazamiento de infraestructuras.
- Se valorarán positivamente aquellas alternativas, técnicas y/o métodos que ocasionen menor impacto negativo.
- Se realizará una correcta gestión de residuos y vertidos.
- Se garantizará la restauración de las zonas afectadas.
PI.5.A OE.5.1.1. Aplicación del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático, en particular el desarrollo de las evaluaciones sectoriales y los planes de adaptación en los ámbitos vulnerables.
- Se incorporará criterios de prevención y control de la erosión durante la fase de construcción y utilización de las infraestructuras.
- Se considerará criterios que minimicen el impacto visual.
PI.5.B. OE.5.2.1. Planificación para la prevención de catástrofes y restauración de las zonas dañadas. Se priorizará alternativas técnicas que minimicen los efectos potencialmente negativos de las infraestructuras.
OE.5.2.2. Desarrollo de infraestructuras de protección civil y herramientas de detección precoz. Se priorizará alternativas técnicas que minimicen los efectos potencialmente negativos de las infraestructuras.
PI.6.A. OE.6.1.1. Desarrollar la separación, recogida selectiva y tratamiento de residuos. Acciones de cierre de ciclo e inversión en infraestructuras. Se priorizará los proyectos que minimicen los impactos perjudiciales para el medio ambiente, considerando, entre otros, criterios de emplazamiento de infraestructuras.
PI.6.B. OE.6.2.1. Culminar los requisitos de la Directiva Marco del Agua a través de la inversión en infraestructuras de saneamiento, depuración y reutilización de aguas residuales, y mejora de la calidad del agua. Se priorizará aquellas actuaciones que produzcan el menor impacto paisajístico, a igualdad de condiciones.
OE.6.2.2. Promover la gestión eficiente e integral de las reservas de agua, incluyendo la reducción de pérdidas en la distribución y la realización de infraestructuras para asegurar el abastecimiento humano. Se incluirán criterios de impacto paisajístico en la selección de los proyectos
PI.7.B. OE.7.2.1. Garantizar una movilidad sin fisuras, la interoperabilidad entre redes y una accesibilidad a las plataformas logísticas. Se favorecerá las actuaciones que, teniendo la misma funcionalidad, minimicen los potenciales impactos negativos sobre la biodiversidad, suelo y paisaje
OE.7.2.2. Adecuación y modernización de las redes de carretera y ferrocarril en el entorno de las áreas urbanas, conexiones y accesos de las redes regionales a la TEN-T. Se favorecerá las actuaciones que, teniendo la misma funcionalidad, minimicen los potenciales impactos negativos sobre la biodiversidad, suelo y paisaje.
PI.8.K.
OE.8.11.1. Inversión en infraestructuras destinadas a servicios públicos de empleo.
En la selección de la ubicación de las infraestructuras, se tendrá en cuenta el impacto paisajístico.

- Se priorizará el aprovechamiento de infraestructuras existentes teniendo en cuanta los impactos acumulativos con dicha infraestructura.
- Se realizará una correcta gestión de residuos y vertidos.
PI.10.E. OE.10.5.1. Mejorar las infraestructuras de educación y formación.
- Se incluirán criterios de impacto paisajístico en la selección de los proyectos.
- Entre los criterios de selección de proyectos, se valorizará aquellos que incluyan medidas de ahorro energético y de agua.
- Se realizará una correcta gestión de residuos y vertidos.

8. EVALUACIÓN DEL RESULTADO DE LAS CONSULTAS REALIZADAS

Una vez analizadas las alegaciones recibidas en el proceso de consulta pública llevado a cabo en el ámbito de la Evaluación Ambiental Estratégica del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, se concluye que todas ellas se refieren al contenido del Programa Operativo, las cuales no han conllevado ninguna modificación.

Se indica a continuación, en forma de tablas, los organismos, un resumen de las alegaciones y su consideración en el Programa.

Resumen de las alegaciones formuladas y su consideración en el Programa Operativo

Fecha Organismo Núm. Resumen de las alegaciones formuladas Consideración
05-11-2014 Ayto. de Málaga 1 PO. Eje 12:
El PO no ha incluido el eje 12, lo cual daría opción a incorporar proyectos tales como las Tecnocasas, que conjugan actuaciones de regeneración física, ambiental, social y generación de empleo y emprendimiento en temas de innovación, así como de reducción de la contaminación acústica y atmosférica, y de mejora de la movilidad. Concretamente, se proponen las siguientes actuaciones:
- Tecnocasas: rehabilitación y la regeneración urbana, física, ambiental y social, de una zona degradada del centro de la ciudad de Málaga. Construcción de tres edificaciones colectivas protegidas con espacios interiores para desarrollar sus ocupantes-emprendedores, su trabajo profesional. Presupuesto: 8.000.000 de€ (100% subvencionable).
- Paso Inferior M. Heredia-P.º de los Curas: recuperar el valor peatonal y acoger las intensidades del tráfico de tránsito mediante un túnel y un paso inferior. Presupuesto: 9.250.000€ (75% subvencionable).
- Peatonalización Alameda Sur: peatonalizar el vial Sur de la Alameda, mejora y construcción de servicios de infraestructuras urbanas y del alumbrado público. Presupuesto: 8.000.000 de€ (100% subvencionable).
- Túnel de Cánovas del Castillo: construcción de un túnel viario en Cánovas del Castillo para la descongestión del tráfico. Presupuesto: 22.878.169€ (100% subvencionable).

Las restricciones presupuestarias han provocado la necesidad de seleccionar minuciosamente las actuaciones a llevar cabo a través del PO. Como resultado de ello, y persiguiendo, al mismo tiempo, la generación de un impacto significativo en la región basado en la concentración de las inversiones, ello ha supuesto la limitación del número de actuaciones elegibles.
Adicionalmente, estas actuaciones podrían ser ejecutadas a través del PO Plurirregional de FEDER de Crecimiento Sostenible, motivo por el cual no han sido incluidas en el PO FEDER de Andalucía, a efectos de garantizar unos niveles adecuados de complementariedad en las intervenciones cofinanciadas.
2 PO. Objetivos Temáticos 4, 6 y 9: Incluir los siguientes proyectos en dichos Objetivos Temáticos (OTs).
Obtjetivo Temático 4:
- Plan de Acción de Movilidad Sostenible (a incluir en la PI. 4.5 y Línea Estratégica LEA 4.6): conjunto de programas de actuación relativos a la movilidad a pie, en bicicleta, en transporte público, vehículos privados, intermodalidad, estacionamientos, distribución urbana de mercancías, información, formación y educación, planificación del territorio y normativa y financiación. Presupuesto: 1.000.000 de€
.
Obtjetivo Temático 6:
- Guadalmedina Lab-Eje Sostenible e Integrador de la Ciudad (a incluir en la PI. 6.5 y Línea Estratégica LEA 6.10): transformación del eje del río Guadalmedida en un eje ecológico urbano con valores naturales y espacios privilegiados. Presupuesto: 3.000.000 de€ (100% subvencionable).
- Proyecto de Parque en Cementerio San Rafael (2.ª fase) (a incluir en la PI. 6.5 y Línea Estratégica LEA 6.10): parque urbano que sirva de espacio de ocio y esparcimiento, así como de recuerdo y conmemoración de hechos históricos. Incluirá representaciones de hábitats de macrobioclima Mediterráneo, áreas lúdicas, zonas de paseo, espacios de descanso, zonas deportivas, sendas, etc. Presupuesto: 4.200.000€ (100% subvencionable).
- Emisario puerto (a incluir en la PI. 6.2 y Línea Estratégica LEA 6.2): sistema de conducciones que recogen el agua de colectores y la envían a depuradoras de aguas residuales, estaciones de desbaste y tamizado y ejecución de emisario submarino. Presupuesto: 21.907.725,53€
(100% subvencionable).
Objetivo Temático 9:
- Plan de Barrios Degradados: Bloques de Calle La Unión 49-57 (a incluir en la PI. 9.8. y Línea Estratégica LEA 9.2): mejora energética y urbanización de la barriada la Unión, abarcando una superficie de 4.630 m2y 96 viviendas. Presupuesto: 1.933.500€
(100% subvencionable).
- Plan de Barrios Degradados: Proyecto Piloto en Portada Alta (a incluir en la PI. 9.8 y Línea Estratégica LEA 9.2): mejora energética, accesibilidad y urbanización de la barriada Portada Alta, abarcando una superficie de 73.100 m2y 200 viviendas. Presupuesto: 3.066.500€ (100% subvencionable).

La tipología de actuaciones susceptibles de recibir apoyo a través del PO, deben contribuir a generar resultados coherentes con los objetivos específicos (OE) definidos.
El borrador actual de PO contempla Objetivos específicos que podrían respaldar algunas de las actuaciones referidas:
- Objetivo específico 4.5.1: Fomento de la movilidad urbana sostenible: transporte urbano limpio, transporte colectivo, conexión urbana-rural, mejoras de la red viaria, transporte ciclista, peatonal, movilidad eléctrica y desarrollo de sistemas de suministro de energías limpias.
- Objetivo específico 6.5.1: Mejorar el entorno urbano, la rehabilitación de viejas zonas industriales y la reducción de la contaminación del suelo y atmosférica.
- Objetivo específico 6.2.1: Culminar los requisitos de la Directiva Marco del Agua a través de la inversión en infraestructuras de saneamiento, d
epuración y reutilización de aguas residuales, y mejora de la calidad del agua.
- Objetivo específico 9.8.1: Apoyo a la regeneración física, económica y social de las comunidades de las zonas urbanas y rurales desfavorecidas.
No obstante, su elegibilidad final dependerá de los criterios de selección que apruebe el Comité de Seguimiento del Programa Operativo.
19-11-2014 Endesa 3
PO. Capítulo Justificaciones financieras (pág. 27):
Se solicita especificar el objetivo definido de reducir un 10% las emisiones de GEI, detallando si se trata de emisiones absolutas (tm equivalentes de CO2) o específicas (por ejemplo, per cápita), así como el año base sobre el que se mediría la citada reducción del 10% de las emisiones.
La Directiva 2009/28/CE del 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, a la que se hace referencia en el capítulo 1.1.2, especifica en detalle estos datos, además del método de cálculo, en su artículo 19 y Anexo V.
4 PO. Objetivo Temático 4 (pág. 17):
Alinear las debilidades del DAFO al documento de Planificación Energética de Andalucía 2014-2020 coordinado por la Agencia Andaluza de la Energía y aprobado en la Mesa Sectorial de la Energía.

El análisis de necesidades ha considerado estudios y diagnósticos previos con el fin de garantizar la coherencia del esquema DAFO.
No obstante, su formulación se ha procurado alinear con la arquitectura y el enfoque para la Política de Cohesión dado en los Reglamentos Comunitarios.
Ello no contradice las conclusiones de la planificación sectorial existente y, además, facilita la justificación de la estrategia, la lógica de intervención y la elegibilidad de las actuaciones propuestas.
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PO. Objetivo Temático 4 (pág. 18):
Incluir la electrificación de la demanda energética entre las necesidades y como una LEA independiente o incorporada alguna de las existentes. Por ejemplo, en la electrificación del transporte, para reducir las emisiones de CO2; o el uso de bomba de calor en la climatización, dado su elevado rendimiento y la introducción de la energía renovable en la climatización.

La necesidad de priorizar las líneas de actuación subvencionables, debido a la adaptación del PO a la dotación presupuestaria disponible, ha supuesto la imposibilidad de abarcar todas las necesidad presentes en la región. Asimismo, el proceso de definición de la estrategia y las actuaciones subvencionables es el resultado de un proceso basado en el principio del partenariado.
Por otro lado, el Borrador del Programa incluye líneas de actuación dirigidas a la eficiencia energética y al uso de energías renovables. No obstante, su elegibilidad final dependerá de los criterios de selección que apruebe el Comité de seguimiento del Programa Operativo.
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PO. PI. 4.1 (pág. 61):
Añadir lo siguiente, en la LEA 4.1:
«Fomentar la generación eléctrica distribuida con fuentes renovables, tanto en el ámbito rural y agrario (regadíos, transformación, forestal… ), como en el urbano (edificación, infraestructuras públicas…) promoviendo la definición de normativa
municipal que facilite su integración arquitectónica.»
«Fomentar la renovación de los equipos e instalaciones de energías renovables: eólica, hidráulica y cogeneración de alta eficiencia, que hayan superado su vida útil o hayan quedado tecnológicamente obsoletos.»
«Fomentar la instalación de centrales hidráulicas reversibles de bombeo, además de otros sistemas de almacenamiento de energía (Aire Comprimido, Volantes de inercia, Electroquímica, ultracondensadores, etc.), al objeto de incrementar la producción y gestionabilidad de las energías renovables de Andalucía.»
«Fomentar programas experimentales en el ámbito de las energías marinas, particularmente las olas, las corrientes o la eólica marina en la provincia de Cádiz; así como sistemas de almacenamiento de energía asociados a su gestionabilidad.»
Una versión posterior del Borrador del Programa, todavía en proceso de discusión y negociación con la Comisión Europea, no incluye la programación de actuaciones en la PI. 4.1.
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PO. PI. 4.2 (págs. 62 y 63):
Se
propone las siguientes modificaciones, en la LEA 4.3., a fin de dar cabida a todo tipo de empresas independientemente de su tamaño:
«Esta línea de actuación tiene por objeto el apoyo a medidas que fomenten la eficiencia energética en las pymes empresas, en particular en las PYME, con especial atención a las empresas agroalimentarias, turísticas, del sector comercial andaluz, de la construcción, e industria, entre otros.»
«2. Ayudas financieras a pymes empresas, en particular a PYME, destinadas a la adecuación física de establecimientos para la adquisición e instalación de sistemas de ahorro energético mediante la sustitución de equipos o sistemas que consumen energía por otros más eficientes desde el punto de vista energético.»
«3. Ayudas para la sustitución de tecnologías convencionales por renovables en las pymes empresas, en particular en las PYME, turísticas andaluzas.»
«Todas las actuaciones contempladas contribuyen a avanzar en la evaluación y mejora de la eficiencia energética en las pymes empresas,
en particular en las PYME, y a promover la implantación de sistemas energéticos sostenible.»
Añadir los siguientes párrafos a fin de promover la movilidad sostenible y los equipos de alta eficacia energética:
«Fomentar para empresas y PYMEs la sustitución de las flotas de vehículos por otras con bajas emisiones y por flotas de vehículos eléctricos para aquellas que operen en entornos urbanos.»
«Fomentar la incorporación de la bomba de calor de alto rendimiento como aportación de energía renovable a la climatización y que permite climatizar de una forma muy eficiente espacios y edificios para empresas y PYMEs.»

La LEA 4.3 está incluida en el OE 4.2.1., Avanzar en la evaluación y mejora de la eficiencia energética de las empresas, en particular las PYME.
La determinación de los OE obedece a un proceso de consenso entre todas las Comunidades Autónomas y el Estado. Su definición prioriza a las PYMEs, por su elevada importancia dentro del tejido productivo de las economías.
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PO: PI. 4.3 (pág. 63):
Se propone l
a siguiente modificación, en la LEA 4.4:
«Optimizar el consumo energético en la Administración Pública, mejorando la eficiencia de sus instalaciones e incorporando criterios de gestión orientados al ahorro energético, impulsando el carácter ejemplarizante de la Administración Pública en este ámbito.»
Incluir las siguientes actuaciones:
- Fomento de la iluminación pública eficiente.
- Fomentar programas para el desarrollo de edificios de consumo casi nulo (nZEB) de cara al cumplimiento de la Directiva de Eficiencia Energética 2012/27/UE en este respecto.

Las actuaciones definidas en el Programa Operativo ya incluyen inversiones en ahorro y eficiencia energética, optimizando, por tanto, el consumo energético de edificios e infraestructuras públicas en Andalucía y convirtiéndose en un modelo energético. Es decir, el objetivo es tender hacia edificios de alta calificación energética o de consumo de energía reducido.
Las inversiones de la iluminación pública eficiente serán ejecutadas a través del PO Plurirregional de Crecimiento Sostenible.
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PO. PI. 4.4 (pág. 64):
Se propone la siguiente modificación, en la LEA 4.5, a fin de incluir a las empresas distribuidoras de energía:
«La medida se dirigirá a inversiones promovidas por empresas, ciudadanos y administraciones públicas para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, con objeto de disminuir la dependencia exterior y a inversiones de mejora emprendidas por las empresas distribuidoras de energía eléctrica, que redundarán en la mejora de la calidad de suministro de los ciudadanos a los que abastecen, así como en la reducción de pérdidas de energía.»
«Los beneficiarios de todas estas actuaciones serán principalmente, las empresas distribuidoras, y las Administraciones Públicas y, los ciudadanos.»
Asimismo, se propone añadir lo siguiente, orientado a consolidar la calidad de servicio de las infraestructuras eléctricas rurales: «Otras actuaciones de especial atención son las infraestructuras eléctricas que favorezcan el desarrollo rural,
en este caso el desarrollo de sistemas inteligentes en poblaciones pequeñas, con redes energéticas más simples y servicios públicos menos complejos (alumbrado, movilidad, residuos, etc.).
El objetivo de esta actuación es fomentar en pequeños municipios la creación de proyectos integrales de eficiencia energética, desde la ordenación urbanística, instalaciones energéticas, desarrollo de nuevas redes, microgeneración distribuida –fotovoltaica, biomasa, eólica–, almacenamiento de energía, movilidad, todo ello con el fin del aseguramiento de la calidad de suministro eléctrico y el desarrollo económico y social del ámbito rural.»
También se propone añadir lo siguiente a fin de reducir las pérdidas de energía eléctrica:
«También se apoyaran las actuaciones destinadas a la reducción de pérdidas de energía eléctrica en las redes de distribución y en los centros de distribución, incluyendo las mejoras en las líneas y subestaciones eléctricas; así como la instalación de dispositivos para la automatización de la red, que redunda además en la mejora de la calidad y seguridad de suministro.»
Las empresas distribuidoras de energía ya están contempladas en la LEA 4.5, concretamente, mediante ayudas a «inversiones de mejora emprendidas por las empresas distribuidoras de energía eléctrica, que redundarán en la mejora de la calidad de suministro de los ciudadanos a los que abastecen, así como en la reducción de pérdidas de energía».
Por otro lado, la imposibilidad de incluir más actuaciones subvencionables responde al objetivo de generar un impacto en la región, lo que obliga a evitar un número excesivo de diversas tipologías de operaciones.
Cabe señalar que la concreción de la estrategia del Programa Operativo ha sido el resultado de un amplio trabajo de consenso, en base a la aplicación del principio de asociación y gobernanza mediante partenariado.
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PO. PI. 4.5 (pág. 64):
Se propone añadir en la LEA 4.6, acciones que promuevan la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, la promoción de la enseñanza
de la conducción de vehículos eléctricos y híbridos en las autoescuelas y ayudas a la compra y adaptación de vehículos eléctricos. Concretamente:
«7. Fomentar el transporte eléctrico privado y colectivo como solución de movilidad de CERO emisiones y especialmente apoyar la puesta en marcha de puntos de recarga rápida y convencional en espacios públicos (principales carreteras de la CCAA, vías interurbanas y urbanas) así como en espacios privados (edificios, parking, etc.) como condición indispensable para el desarrollo de esta modalidad de transporte.
8. Fomentar la formación y divulgación de la movilidad eléctrica en toda la sociedad, fomentando el uso de la bicicleta eléctrica asistida para los entornos metropolitanos.
9. Fomentar la movilidad eléctrica a través de ayudas a la compra y a la adaptación de vehículos eléctricos.»
El OE.4.5.1 de fomento de la movilidad urbana sostenible comprende actuaciones en materia de transporte urbano limpio, transporte colectivo, conexión urbana-rural, mejoras de la re
d viaria, transporte ciclista, peatonal, movilidad eléctrica y desarrollo de sistemas de suministro de energías limpias.
El respeto a los principios rectores del PO con relación a esta Prioridad de Inversión y la fijación por el Comité de Seguimiento de los criterios específicos de selección de operaciones determinarán los márgenes concretos de elegibilidad.
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PO. Objetivo Temático 5 (pág. 20):
Se propone añadir la siguiente necesidad:
- Fomentar el conocimiento y las actuaciones en materia de Adaptación en las empresas pertenecientes a las áreas estratégicas afectadas por el cambio climático.
Se propone incluir en la LEA 5.1., la siguiente actuación:
- Programas para fomentar las medidas de adaptación en las empresas pertenecientes a las áreas estratégicas de adaptación identificadas en el anteproyecto de ley de cambio climático.
Debido a la necesidad de incrementar los esfuerzos de concentración de las actuaciones, el OE 5.1.1 ya no está incluido en el borrador de PO, tras el proceso de discusión y negociación, todavía abierto, con la Comisión Europea.
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PO. PI. 6.2. (pág. 71):
Se propone añadir lo siguiente en la LEA 6.2., con el fin de resaltar el binomio agua y energía:
«Se buscarán sinergias entre agua y energía. Para ello, los proyectos de tratamiento y gestión del agua contemplarán todas las instalaciones necesarias para el buen funcionamiento de los mismos, de manera que maximicen el beneficio para su entorno, incluyendo en su caso las instalaciones de acceso y conexiones al sistema eléctrico.»
Las inversiones relativas a cuestiones energéticas se abordan en el OT. 4. Las únicas acciones elegibles en la PI. 6.2 son las pertinentes para alcanzar los requisitos establecidos en la Directiva Marco del Agua.
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PO. PI.6.3. (pág. 73 y 75):
Se propone añadir la siguiente información en la LEA 6.6, orientado a soterrar y desplazar infraestructura eléctrica:
«Las acciones para la protección del patrimonio cultural contemplaran, en el caso necesario por su impacto visual, la inversión a realizar en las actu
aciones derivadas de soterramientos o desplazamientos de las infraestructuras eléctricas».
También se propone añadir lo siguiente en la LEA 6.7, con la misma finalidad que la actuación anterior:
«Las acciones para la protección de las áreas naturales o de interés turístico contemplaran, en el caso necesario por su impacto visual, la inversión a realizar en las actuaciones derivadas de soterramientos o desplazamientos de las infraestructuras eléctricas.»

La definición de ambas LEAs, tal y como figura en el borrador de PO, engloba las acciones demandadas, en caso que se considerara prioritario.
De este modo, se da cabida a adaptar las actuaciones a las necesidades específicas de cada territorio.
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PO: PI.6.5. (pág. 79):
Se propone añadir lo siguiente en la LEA 6.10:
«En el ámbito de las ciudades, un desarrollo urbano sostenible implica inevitablemente una gestión energética limpia y sostenible que comprenda una visión integrada de la ciudad. La rehabilitación energética de edificios y barrios, los planes de
iluminación pública eficiente y la infraestructura de puntos de recarga rápida y convencional para transporte público y privado permitirán la transición a modelo urbano eficiente y de bajas emisiones.»
«Las acciones encaminadas a la mejora, recuperación y regeneración de zonas urbanas degradadas contemplaran, en el caso necesario por su impacto visual, la inversión a realizar en las actuaciones derivadas de soterramientos o desplazamientos de las infraestructuras eléctricas.»
Asimismo, se propone incluir acciones de soterramiento y desplazamiento de infraestructura eléctrica, para la rehabilitación de zonas degradas, en la LEA 6.11:
«Las acciones para la rehabilitación de zonas degradadas en los ámbitos industriales y mineros contemplaran, en el caso necesario por su impacto visual, la inversión a realizar en las actuaciones derivadas de soterramientos o desplazamientos de las infraestructuras eléctricas.»
La necesidad de priorizar las líneas de actuación subvencionables, debido a la adaptación del PO a la d
otación presupuestaria disponible, ha supuesto la imposibilidad de abarcar todas las necesidad presentes en la región.
Asimismo, el proceso de definición de la estrategia y las actuaciones subvencionables es el resultado de un proceso basado en el principio del partenariado y en el criterio de complementariedad con otras estrategias nacionales y regionales, tal como la Estrategia Andaluza de Sostenibilidad Urbana.
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PO: Objetivo Temático 7 (pág. 88):
Se propone la modificación de la PI. 7.3. incorporando lo siguiente en la LEA 7.11:
«5. Actuaciones dirigidas a la mejora de la sostenibilidad de los puertos de Andalucía. Estas actuaciones se centraran en la ejecución de infraestructuras e instalaciones para la mejora de la eficiencia energética de los puertos, la disminución de las emisiones y la mitigación e vibraciones y ruidos durante la estibación de los buques, entre ellas se tienen aquellas encaminadas al suministro de energía eléctrica a los barcos para evitar que la generen con sus propios motores con las consiguientes emisiones de gases , vibraciones y ruidos; movilidad Eléctrica en el área del puerto, para conseguir igualmente reducciones de emisiones y ruidos; producción Energética de fuentes renovables; iluminación LED en el área del puerto y también acciones inteligentes de transporte y conectividad en las áreas portuarias.»
La concreción de la estrategia del PO ha sido el resultado de un amplio trabajo de consenso, adecuado al cumplimiento de los criterios de concentración temática, entre otros. Como resultado de ello se han definido una serie de actuaciones que, por sí mismas, sean capaces de generar impacto en la región sin que ello suponga la elegibilidad de un número excesivo de éstas atendiendo a dos principios: principio de concentración temática mencionado y principio de proporcionalidad del propio PO.

9. SEGUIMIENTO AMBIENTAL DEL PROGRAMA

Al objeto de alcanzar altos niveles de protección del medio ambiente y lograr la integración ambiental del Programa, como establece la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad a Ambiental, la propuesta de Programa asumirá las determinaciones ambientales consideradas por el Órgano Ambiental en los documentos e informes aportados a lo largo del proceso de evaluación ambiental realizado.

Entre las determinaciones ambientales a considerar en la propuesta de Programa se contempla la aplicación de un programa de seguimiento ambiental que deberá evaluar en continuo la integración ambiental del Programa para alcanzar un elevado nivel de protección del medio ambiente y promover el desarrollo sostenible.

Los principales objetivos que persigue este programa de seguimiento son:

- Verificar la información que figura en el Informe de Sostenibilidad Ambiental.

- Constatar si la evaluación de los efectos significativos sobre el medio ambiente realizada durante el proceso de aprobación del Programa se adecua a los efectos reales de su aplicación.

- Identificar con prontitud posibles desviaciones en dicha evaluación, así como efectos adversos no previstos.

- Evaluar la aplicación de las medidas correctoras para dichos efectos.

- Identificar las oportunas medidas para corregir y evitar las desviaciones observadas y efectos no previstos.

- Valorar el grado de integración ambiental de la Estrategia y su contribución al desarrollo sostenible.

9.1. Informe de seguimiento y evaluación (Memoria de Sostenibilidad).

El Órgano Promotor del Programa deberá realizar una Memoria de Sostenibilidad, que cumpla con los objetivos del programa de seguimiento antes citados, y que deberá formar parte de los correspondientes informes de seguimiento y evaluación del propio Programa y con la periodicidad definida para estos.

En esta Memoria de Sostenibilidad, que deberá ser remitida a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, como Órgano ambiental competente en el procedimiento de Evaluación Ambiental, para su aprobación, se analizará además el grado de integración ambiental del Programa mediante el uso del sistema de indicadores ambientales propuestos en el Informe de Sostenibilidad Ambiental y los establecidos específicamente en esta Memoria Ambiental. La citada Memoria de Sostenibilidad determinará las posibles incidencias ambientales ocurridas, proponiendo, en su caso, las medidas necesarias que mejoren su contribución al desarrollo sostenible y la conveniencia de proceder a su posible modificación o revisión.

9.2. Sistema de indicadores ambientales.

El sistema de indicadores deberá realizar el seguimiento de la integración ambiental del Programa, proporcionando una valoración en continuo de la afección ambiental producida por las determinaciones del Programa durante su ejecución. Ello pondrá de manifiesto la tendencia de acercamiento o alejamiento a los principios de sostenibilidad establecidos.

El objetivo de este sistema de indicadores se concreta en:

- Ofrecer una impronta de la situación medioambiental del ámbito del Programa.

- Realizar un seguimiento ágil de los factores que revele las posibles incidencias de las actuaciones derivadas del Programa.

- Valorar y poner de manifiesto las tendencias de acercamiento o alejamiento de la sostenibilidad durante el desarrollo del Programa.

Con los resultados obtenidos en la Memoria de Sostenibilidad, el Órgano Ambiental podrá revisar los objetivos e indicadores utilizados y proponer, en su caso, medidas de ajuste.

El sistema de indicadores a utilizar es el siguiente:

Temática Indicador Unidad
VEGETACIÓN, FAUNA, ECOSISTEMAS, BIODIVERSIDAD Superficie quemada en incendios forestales. ha/año
Superficie de suelo protegida o regenerada ha/año
Porcentaje de Lugares de Interés Comunitario con planes de gestión aprobados %
Seguimiento de especies exóticas invasoras valor cualitativo
Grado de naturalidad de los hábitats %
AGUA Capacidad de tratamiento de aguas residuales urbanas hab-eq
Porcentaje de masas de agua superficiales en buen o mejor estado %
Porcentaje de masas de agua subterráneas en buen o mejor estado %
Consumo por sector: servicios, industrial, agrícola y urbano

hm3SUELOSuperficie de suelo afectada por erosión Índice en función de año base (1996) = 100Expedientes resueltos sobre suelos contaminados en el periodo Índice en función de año base (2005) = 100AIRE/CLIMA/ENERGÍAPotencia eléctrica renovable instalada en la región kW/hConsumo de energías renovables sobre consumo final energético. %Calidad del aire de fondo regional (Ozono) para la protección de la salud Días al año en el que el máximo de las medias octohorarias supera los 120 μg /m3, para la salud y para la vegetación (medias móviles quinquenales AOT40 con valor objetivo 18.000 μg /m3Emisiones a la atmósfera en ciudades mayores de 50.000 habitantes, principalmente contaminantes.PM10, PM2, 5, SO2, Nox, COVNM, CO, CO2, NH3, AS, Cd, Hg, Ni, PbEmisiones de partículas: PM2,5 y PM10 (Índice en función de año base (2000) = 100)μg/m3Emisiones totales de gases de efecto invernadero. Índice en función de año base (1990 excepto 1995 para fluorados) = 100Emisiones de GEI en sectores difusos (Índice en función de año base (2005) = 100)Porcentaje de producción de energía primaria procedente de fuentes renovables %Intensidad energética (Energía primaria/ PIB) (indicador de eficiencia energética) Teq/millones€ Balance energético: consumo de energía primaria/final KtepConsumo de energía / PIB sectorizado KtepPotencia instalada en energías renovables respecto al total de la potencia instalada %Indicador (MINETUR) de cumplimiento del objetivo del 20% de eficiencia energética %Contribución a los objetivos del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático SÍ/NOPAISAJEEvolución de la superficie de suelo urbano.(Índice en función de año base (2006) = 100)POBLACIÓN Y USO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALESNúmero de visitantes a espacios naturalesNúm. visitantes/añoPorcentaje total de superficie con algún grado de protección%Espacios Naturales Protegidos con Planes de Desarrollo Sostenibleha/añoEspacios de la Red Natura 2000 con Plan de Gestiónha/añoSuperficie arbolada quemada. ha/añoSuperficie de los hábitats subvencionados para alcanzar un mejor estado de conservación. ha/añoIntensidad de energía primaria kgequivalentedepetróleo/1.000€ Eficiencia ambiental en la agricultura según consumo de fertilizantes y de fitosanitarios(Índice en función de año base (2000) = 100)Generación de residuos municipales por habitante kg/habRecogida selectiva y reciclaje de residuos Tn/añoTasa global de reciclado y valorización de residuos de envases %Tratamiento de residuos urbanos:
- Compostaje
- Vertido controlado%Producción declarada de residuos peligrosos por sectores %Población beneficiada por las medidas de prevención contra inundaciones, realizadas en el PONúm. habitantesMunicipios adheridos al programa de sostenibilidad CIUDAD 21Núm. de municipiosEsta Memoria Ambiental es preceptiva y se tendrá en cuenta en el Programa por parte del Órgano Promotor antes de su aprobación definitiva.
El Órgano Promotor elaborará la propuesta del Programa tomando en consideración el Informe de Sostenibilidad Ambiental, las alegaciones formuladas en las consultas y esta Memoria Ambiental.

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