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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta, Edificio Junta de Andalucía, Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.
- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del expte.
- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.
- Resolución: Un mes, recurso de alzada ante la Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
1.- Expte.- DÑ-CA/2014/634/AGMA/ENP. LUIS ALBERTO FRANCO GALAN – SANLUCAR DE BARRAMEDA (CADIZ). PROPUESTA DE RESOLUCION. Emplear medio se captura prohibidos (percha) habiendo dado muerte a 7 aves insectívoras y pudiendo liberarse otra viva, en el Monte Público Pinar de la Algaida (Zona de Reserva), Parque Natural de Doñana, en el T.M. de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 74.10) de la Ley de Flora y Fauna de Andalucía. Calificable como GRAVE y sancionable según Artº 74.10) y 82.1.b) del mismo Texto Legal (respecto a los medios de captura utilizados). Infracción tipificada en el Artº 74.1) de la Ley de Flora y Fauna de Andalucía. Calificable como GRAVE y sancionable según Artº 74.1) y 82.1.b) del mismo Texto Legal (respecto a los ejemplares capturados). PROPUESTA DE RESOLUCION: Sanción de Multa Pecuniaria: 1.502,04 Euros. Indemnización: 1.750 Euros. Comiso de los medios de captura: 69 perchas o costillas. |
2.- Expte.- CA/2014/992/VC/COS. JUAN RUIZ DIAZ – ALGECIRAS (CADIZ). PROPUESTA DE RESOLUCION. Lleva a cabo labores de limpieza y movimientos de arena mediante máquina retroexcavadora en la parcela, en zona afectada por Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre, sin autorización, en el paraje conocido como “Deslinde C-504, El Rinconcillo (entre los Hitos M-27 y M-28)”, en el T.M. de Algeciras (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 90.2.j) de la Ley de Costas. Siendo sancionable según 97.1.c) del mismo Texto Legal. PROPUESTA DE RESOLUCION: Sanción de Multa Pecuniaria: 300 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Instar la preceptiva autorización. |
3.- Expte.- CA/2014/1186/PA/PA. JUAN ESCALANTE LOPEZ – EL PUERTO DE SANTA MARIA (CADIZ). PROPUESTA DE RESOLUCION. Ejercicio de actividad (taller mecánico de vehículos a motor) productora de residuos peligrosos sin haber presentado su titular la preceptiva comunicación previa. No remitir el informe preliminar de situación de suelos. En el paraje conocido como “C/ Sedería, 20-B (Polígono Industrial El Palmar)”, en el T.M. de El Puerto de Santa María (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 148.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificable como LEVE y sancionable según Artº 148.1.a) y 148.2) del mismo Texto Legal. Infracción tipificada en el Artº 147.1.e) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificable como LEVE y sancionable según Artº 147.1.e) y 147.2) del mismo Texto Legal. PROPUESTA DE RESOLUCION: Sanción de Multa Pecuniaria: 1.500 Euros. |
4.- Expte.- CA/2014/1199/AGMA/COS. VIRGILIO AMEIJEIRAS ALEGRE – SAN FERNANDO (CADIZ). ACUERDO DE APERTURA DE PERIODOD DE PRUEBA. Instalación de dos módulos metálicos de 13 m2 y pérgola colocada entre ellos de 41,9 m2, con pilares de piño piñonero y techumbre de cañizo. Establecimiento expendedor de comidas y bebidas Wind Kebad. Módulo de madera de 14,4 m2 y terraza techada de 12 m2, todo ello en zona afectada por Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre, sin autorización, en el paraje conocido como “Playa El Palmar (entre los Hitos M-45 y M-46)”, en el T.M. de Vejer de la Frontera (Cádiz). ACUERDO: Abrir un período de para la práctica de las siguientes pruebas: Informe por el Dpto. de Dominio Público de valoración de las actuaciones e instalaciones denunciadas. |
5.- Expte.- CA/2014/1208/GC/INC. JOAQUIN JOYA JIMENEZ - ALGECIRAS (CADIZ). PROPUESTA DE RESOLUCION. Quema de rastrojos realizada en época de alto riesgo de incendios, y sin autorización de la Delegación Territorial. La quema se realizaba a escasos metros de una masa de eucaliptos, en (Pasaje de Jimena,18 ) en el T.M. de Los Barrios (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 64.3) de la Ley de Protección y Lucha Contra Incendios Forestales. Calificable como LEVE y sancionable según Artº 68 y 73.1.a) del mismo Texto Legal. PROPUESTA DE RESOLUCION: Sanción de Multa Pecuniaria: 180 Euros. |
6.- Expte.- CA/2015/40/AGMA/PA/AGUAS. OSTRAS ESPAÑOLAS S.A. – EL PUERTO DE SANTA MARIA (CADIZ). PROPUESTA DE RESOLUCION. Vertido no autorizado a Dominio Público Marítimo Terrestre, en el T.M. de El Puerto de Santa María (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 141.1.a) de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Sancionable según 147.2) del mismo Texto Legal. PROPUESTA DE RESOLUCION: Sanción de Multa Pecuniaria: 5.000 Euros. Conectar los vertidos a la red de saneamiento municipal, o en caso de que esto no sea viable, solicite autorización de vertido de DPTM, siempre que aporte una mejora del sistema. |
7.- Expte.- CA/2015/50/GC/INC. ANTONIO GONZALEZ LOBON – CONIL DE LA FRONTERA (CADIZ). PROPUESTA DE RESOLUCION. Quema de residuos forestales y restos de actividades agrícolas sin presencia de persona responsable de la quema y control de la misma. Peligro de extensión a la vegetación adyacente, en el paraje conocido como “Dehesa la Raya-Hozanejo”, en el T.M. de Chiclana de la Frontera (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 64.4) de la Ley de Protección y Lucha Contra Incendios Forestales. Calificable como LEVE y sancionable según Artº 68 y 73.1.a) del mismo Texto Legal. PROPUESTA DE RESOLUCION: Sanción de Multa Pecuniaria: 90 Euros. |
8.- Expte.- CA/2015/79/GC/ENP. ANTONIO CARLOS NAVARRO DE LA CORTE – HUELVA (HUELVA). PROPUESTA DE RESOLUCION. Circular con vehículo matrícula 6553HNX por el interior del Parque Natural del Estrecho fuera de los carriles habilitado para ello, sin autorización, en el paraje conocido como “Tapia” en el Espacio Protegido (del Estrecho), en el T.M. de Tarifa (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 26.1.d) de la Ley 2/89, de Inventario E.N.P. de Andalucía. Calificable como LEVE y sancionable según Artº 26.1.d) y 27.1.a) del mismo Texto Legal. PROPUESTA DE RESOLUCION: Sanción de Multa Pecuniaria: 100 Euros. |
9.- Expte.- CA/2015/82/AGMA/ENP. CARLOS GALLARDO MORENO – TORREMOLINOS (MALAGA). PROPUESTA DE RESOLUCION. Transitar por el sendero de uso público señalizado (Sendero del Pinsapar), situado en el interior de Área de Reserva (Zona A) del Parque Natural Sierra de Grazalema, careciendo de la preceptiva autorización administrativa, en el paraje conocido como “La Cerca” en el Espacio Protegido (Sierra de Grazalema), en el T.M. de Grazalema (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 26.1.c) de la Ley 2/89, de Inventario E.N.P. de Andalucía. Calificable como LEVE y sancionable según Artº 26.1.c) y 27.1.a) del mismo Texto Legal. PROPUESTA DE RESOLUCION: Sanción de Multa Pecuniaria: 100 Euros. |
10.- Expte.- CA/2015/187/AGMA/COS. LUIS FERRERAS HERNAN – DOS HERMANAS (SEVILLA). PROPUESTA DE RESOLUCION. Construcción de un pozo de anillas de hormigón, con una profundidad de 6 m y un diámetro de 1,5 m en Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre, e instalación de bomba eléctrica sumergible de 1,5 cv, presostato e hidroesfera para la extracción de aguas, todo sin autorización administrativa de la administración del organismo de cuenca y ambiental, en el paraje conocido como “coordenadas UTM X=07642243, Y=4012615”, en Zona de Servidumbre de Protección del D.P.M.T., entre los higos M-53 y M-54 (deslinde CA-564-CA, Tamo del Palmar), en el T.M. de Vejer del la Frontera (Cádiz). Infracción tipificada en el Artº 106.2.a) de la Ley 9/2010 de Aguas de Andalucía. Calificable como GRAVE y sancionable según Artº 106.2) y 108.1.b) del mismo Texto Legal. Infracción tipificada en el Artº 106.1.g) de la Ley 9/2010 de Aguas de Andalucía. Calificable como LEVE y sancionable según Artº 106.1) y 108.1.a) del mismo Texto Legal. Infracción tipificada en el Artº 92.2.g) de la Ley 2/2013 de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de Costas. Calificable como GRAVE y sancionable según Artº 90.2) y 97.1.c) del mismo Texto Legal . PROPUESTA DE RESOLUCION: Sanción de Multa Pecuniaria: 10.000 Euros. Indemnización: 87,6 Euros. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Obligación de reponer las cosas a su estado anterior, eliminando las obras e instalaciones denunciadas que afectan a los recursos del Dominio Público Hidráulico si no se obtiene autorización; siendo de su responsabilidad los daños y perjuicios que por incumplimiento de esta obligación pueda ocasionar al D.P.H., a sus recuros y/o terceros. |
Cádiz, 21 de julio de 2015.- El Delegado, Federico Fernández Ruiz-Henestrosa.
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