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NIG: 4109142M20080001383.
Procedimiento: Pz. Inc. concursal oposic. calificación (art. 171) 63/2014. Negociado: 5.
De: Aluminios Joalpa, S.L. y Mateo Amieva Salazar.
Procuradores: Sres. Mauricio Gordillo Alcalá y José María Gragera Murillo.
Contra: Ministerio Fiscal y Administración Concursal.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Pz. Inc. concursal oposic. calificación (art. 171) 63/2014 seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Sevilla, a instancia de Aluminios Joalpa, S.L., y Mateo Amieva Salazar contra Ministerio Fiscal y Administración Concursal, sobre oposición a la calificación, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 207/2014
Juez que la dicta: Don Eduardo Gómez López.
Lugar: Sevilla.
Fecha: Doce de junio de dos mil catorce.
FALLO
1. La calificación del presente concurso de la sociedad Aluminios Joalpa, S.L., como culpable.
2. La inhabilitación de don Alejandro Martínez Carrero y don Mateo Amieva Salazar para administrar bienes ajenos, así como para representar o administrar a cualquier otra persona durante un período de dos años.
3. La pérdida de cualquier derecho de crédito o contra la masa que don Alejandro Martínez Carrero y don Mateo Amieva Salazar pudieran ostentar en el concurso.
4. Condeno a don Alejandro Martínez Carrero y a don Mateo Amieva Salazar a la cobertura del 80% del déficit resultante de la liquidación.
5. Firme la presente resolución, líbrese mandamiento al Registro Civil del lugar de nacimiento de don Alejandro Martínez Carrero y don Mateo Amieva Salazar (para la inscripción de la inhabilitación acordada), a cuyo efecto tales personas habrán de aportar en el plazo de cinco días fotocopia del libro de familia o nota registral de nacimiento. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para la inscripción de la presente sentencia de calificación.
6. Contra esta resolución la concursada, don Alejandro Martínez Carrero y don Mateo Amieva Salazar, así como la Administración Concursal y el Ministerio Fiscal pueden interponer recurso de apelación.
7. Llévese la presente al libro de resoluciones definitivas.
Así lo acuerdo y firmo Eduardo Gómez López, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil número Uno de Sevilla.
Y con el fín de que sirva de notificación al demandado, Alejandro Martínez Carrero, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a dieciséis de diciembre de dos mil catorce.- La Secretaria Judicial.
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