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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Haydée López Martínez, Administradora Única de «Escuela Infantil Los Arcos, C.B.», nueva entidad titular del centro de educación infantil «Los Arcos», de Sevilla, en solicitud de cambio de titularidad del mismo a favor de dicha entidad.
Resultando que el centro tiene autorización administrativa para 4 unidades de educación infantil de primer ciclo con 54 puestos escolares, por Orden de 30 de abril de 2009 (BOJA de 12 de junio), teniendo suscrito con esta Consejería de Educación el convenio de financiación al que se refiere el artículo 51 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo.
Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad del centro de educación infantil «Los Arcos», a favor de «doña M.ª Isabel Hortensia Martínez Fernández».
Resultando que por el fallecimiento de doña M.ª Isabel Hortensia Martínez Fernández, y mediante escritura de adjudicación de herencia otorgada ante don Pablo Gutiérrez-Alviz y Conradi, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, se declara como herederos y adjudicatarios del centro de educación infantil «Los Arcos», con código 41008246, a don Antonio Isidro López Panizo, doña Haydée López Martínez y doña Belén López Martínez, esposo e hijas de la titular fallecida, pasando a ser, por tanto, los titulares de dicho centro.
Resultando que don Antonio Isidro López Panizo, doña Haydée López Martínez y doña Belén López Martínez se han constituído en Comunidad de Bienes a fín de gestionar y explotar el citado centro de educación infantil, denominándose la misma «Escuela Infantil Los Arcos, C.B.».
Resultando que mediante escritura de cesión otorgada ante don Pablo Gutiérrez-Alviz y Conradi, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, los titulares del centro de educación infantil «Los Arcos» ceden la titularidad del mismo a favor de «Escuela Infantil Los Arcos, C.B.», que la acepta.
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Conceder el cambio de titularidad al centro de educación infantil «Los Arcos», código 41008246, con domicilio en C/ Acueducto, 2, de Sevilla, que, en lo sucesivo, la ostentará «Escuela Infantil Los Arcos, C.B.» que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan al mismo, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el centro pueda tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el «resultando» primero.
El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 30 de julio de 2015
ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN | |
Consejera de Educación |