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Visto el expediente tramitado a instancia de don Gustavo Martagón Ruiz, representante de la Sociedad San Francisco de Sales, Inspectoría María Auxiliadora, titular del centro docente privado de educación secundaria «San Ignacio», con domicilio en Avda. María Auxiliadora, 7, de Cádiz, solicitando modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta el mismo para la autorización de un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Instalaciones de telecomunicaciones, en sustitución del de Equipos electrónicos de consumo que tiene autorizado, así como de otro de Instalaciones frigoríficas y de climatización en sustitución del de Montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor que tuvo autorizado, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.
Resultando que el citado centro, con código 11001567, tiene autorización para impartir doce unidades de educación secundaria obligatoria, doce unidades de bachillerato (diez en la modalidad de Ciencias y tecnología y dos en la de Humanidades y ciencias sociales), siete ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Gestión administrativa, uno de Electromecánica de vehículos, que ha sido sustituido por el de Electromecánica de vehículos automóviles mediante el Real Decreto 453/2010, de 16 de abril, uno de Comercio, uno de Equipos electrónicos de consumo, uno de Equipos e instalaciones electrotécnicas, que ha sido sustituido por el de Instalaciones eléctricas y automáticas mediante el Real Decreto 177/2008, de 8 de febrero, uno de Montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor y uno de Soldadura y calderería), tres ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Administración de sistemas informáticos, que ha sido sustituido por el de Administración de sistemas informáticos en red mediante el Real Decreto 1629/2009, de 30 de octubre, uno de Mantenimiento de equipo industrial, que ha sido sustituido por el de Mecatrónica industrial mediante el Real Decreto 1576/2011, de 4 de noviembre y uno de Desarrollo de aplicaciones informáticas, que ha sido sustituido por el de Desarrollo de aplicaciones multiplataforma mediante el Real Decreto 450/2010, de 16 de abril), y cuatro ciclos de formación profesional básica (uno de Electricidad y electrónica, uno de Servicios administrativos, uno de Fabricación y montaje y uno de Mantenimiento de vehículos).
Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Cádiz y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación.
Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE de 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1632/2009, de 30 de octubre (BOE de 19 de noviembre), por el que se establece el título de técnico en Instalaciones de telecomunicaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1793/2010, de 30 de diciembre (BOE de 2 de febrero de 2011), por el que se establece el título de técnico en Instalaciones frigoríficas y de climatización y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de educación secundaria «San Ignacio», código 11001567 y domicilio en Avda. María Auxiliadora, 7, de Cádiz, cuyo titular es Sociedad San Francisco de Sales, Inspectoría María Auxiliadora, quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:
a) Educación secundaria obligatoria: 12 unidades.
Puestos escolares: 360.
b) Bachillerato:
Modalidad de Ciencias: 10 unidades.
Puestos escolares: 350.
Modalidad de Humanidades y ciencias sociales: 2 unidades.
Puestos escolares: 70.
c) Ciclos formativos de formación profesional básica:
Electricidad y electrónica:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 40.
Servicios administrativos:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 40.
Fabricación y montaje:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 40.
Mantenimiento de vehículos:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 40.
d) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:
Gestión administrativa:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Electromecánica de vehículos automóviles:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Comercio:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 1.
Puestos escolares: 30.
Instalaciones eléctricas y automáticas:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Soldadura y calderería:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Instalaciones de telecomunicaciones:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Instalaciones frigoríficas y de climatización:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
e) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:
Administración de sistemas informáticos en red:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Mecatrónica industrial:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Desarrollo de aplicaciones multiplataforma:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Cádiz la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.
Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 30 de julio de 2015
ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN | |
Consejera de Educación |