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Para general conocimiento se informa que en la sesión de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada, celebrada el 11 de julio de 2013, se aprobó definitivamente, el Plan Especial de Ampliación de la Red de Gas Natural entre Granada y Vegas del Genil (Expte. 9.080).
Con fecha de 1 de agosto de 2012 fue aprobado inicialmente por Resolución de esta Delegación Territorial y elevado a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio, tras haberse procedido previamente a la inscripción y depósito del Instrumento Urbanístico de referencia en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento del Ayuntamiento de Granada (por silencio administrativo, arts. 22 y 23, Decreto 2/2004, de 7 de enero), y en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Vegas del Genil (por silencio administrativo arts. 22 y 23 Decreto 2/2004, de 7 de julio), y en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados de 1 de abril de 2014 (Núm. registro 6037), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y la Disposición Adicional Quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se procede a realizar la presente publicación.
ANEXO I
Acuerdo de la CPOTU de fecha 11 de julio de 2013, sobre Plan Especial de Ampliación de la Red de Gas Natural entre Granada y Vegas del Genil. Expediente 9.080
La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en su sesión celebrada el pasado día 11 de julio de 2013 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«Examinado el expediente de Plan Especial para la ejecución de proyecto de ampliación de la Red de distribución de Gas Natural, tramo 2, aprobado Inicialmente por Resolución de esta Delegación Territorial de 1 de agosto de 2012 y elevado a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo a los efectos previstos en el artículo 33 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Atendiendo a lo dispuesto en el citado texto Legal, Reglamento de Planeamiento, artículo 10.1 Decreto del Presidente 3/2012, por el que se atribuyen a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente las competencias que venia ejerciendo la hasta ahora Consejería de Obras Públicas y Vivienda (Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo).
Vistos los informes emitidos por los servicios técnicos de la Delegación Territorial de Agricultura Pesca y Medio Ambiente y los de legislaciones sectoriales de aplicación, en virtud de las facultades atribuidas y a tenor de lo dispuesto en el art. 13.2.a) del Decreto 525/2008, Decreto del Presidente 3/2012, Decreto 151/2012 y Decreto 342/2012, en relación con los artículos 31.2.B) y 32.4 de la antes citada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio Andalucía
HA RESUELTO
Primero. Aprobar definitivamente el mismo de acuerdo con el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002 en los términos en que viene formulado.
Segundo. Esta resolución se notificará a los Ayuntamientos de Granada y de Vegas del Genil. Se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía según lo dispuesto en el artículo 41.1 de la LOUA tras haberse procedido a su depósito, por este orden, en los registros autonómico y municipal de instrumentos de planeamiento (artículo 41.2 de la LOUA).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según se prevé en los artículos 46.1, 10 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente. Granada 13 de marzo de 2013. La Delegada Territorial: María Sandra García Martín.»
Granada, 10 de septiembre de 2015.- La Delegada, María Inmaculada Oria López.
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