Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 182 de 17/09/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Orden de 14 de agosto de 2015, por la que por la que se aprueba el deslinde parcial del monte público «Arrancapechos», sito en los términos municipales de Santiago-Pontones y Segura de la Sierra, provincia de Jaén.

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Expte. MO/00706/2013

Visto el expediente núm. MO/00706/2013 de deslinde parcial del monte público «Arrancapechos», código de la Junta de Andalucía JA-11035-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en los términos municipales de Santiago-Pontones y Segura de la Sierra, relativo a las fincas «Prado Espinosilla» y los cortijos de «Majada Oscura» de propiedad particular, resultan los siguientes

HECHOS

1. El expediente de deslinde parcial del monte «Arrancapechos» surge ante la necesidad de ejecutar la sentencia judicial núm. 200, dictada con fecha de 17 de noviembre de 2010 por el Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Jaén, declarativa de dominio de varias fincas a favor de varios particulares. Del hecho primero de la demanda se extrae que de la totalidad de las fincas, se encuentran afectadas por el monte público «Arrancapechos» las reconocidas a don Aurelio, doña Andrea, doña Cecilia, don Fulgencio, don Estanislao y don Tomás Fernández Chinchilla, don José Laso Flores y don Manuel Rodríguez Trillo, denominadas «Prado Espinosilla» y los cortijos de «Majada Oscura».

2. Mediante Resolución de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 30 de octubre de 2013 se acordó el inicio del deslinde administrativo parcial de dicho monte, y habiéndose acordado que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario, según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se publica el anuncio de Resolución de Inicio de deslinde en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Santiago-Pontones y Segura de la Sierra, en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 230, de 2 de diciembre de 2013, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 237, de 3 de diciembre de 2013.

3. Los trabajos materiales de deslinde de las líneas provisionales, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, tuvieron lugar el día 19 de marzo de 2014, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados, siendo asimismo publicado, el citado extremo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 25, de 6 de febrero de 2014; Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 41, de 3 de marzo de 2014, y tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Santiago-Pontones y Segura de la Sierra. Para ello se tomó como base de trabajo la linde descrita en el antecedente de hecho primero de la sentencia judicial núm. 200, de 17 de noviembre de 2010, dictada por el Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Jaén, declarativa del dominio de las varias fincas a favor de don Aurelio, doña Andrea, doña Cecilia, don Fulgencio, don Estanislao y don Tomás Fernández Chinchilla, don José Laso Flores y don Manuel Rodriguez Trillo.

4. Se realizaron las operaciones materiales de deslinde colocando un total de 18 piquetes, que definen las líneas de colindancia entre el monte público «Arrancapechos» y las fincas de propiedad particular «Prado Espinosilla» y los cortijos de «Majada Oscura» en la aldea de «Los Anchos», y se han anulado los piquetes TV61, TV62, TV63 y TV66 del perímetro general establecidos en el expediente de deslinde 409/03 y que actualmente se corresponde con la parcela núm. 1 del monte público «Arrancapechos».

5. Anunciado el período de exposición pública y alegaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 121, de 26 de junio de 2014, y notificado a los interesados don Aurelio, doña Andrea, doña Cecilia, don Fulgencio, don Estanislao y don Tomás Fernández Chinchilla, don José Laso Flores y don Manuel Rodriguez Trillo, durante el plazo de 30 días no se recibió reclamación alguna, redactándose a tal efecto un certificado de no alegaciones con fecha de 28 de julio de 2014.

6. Con fecha de 26 de agosto de 2014, los Servicios Jurídicos del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en la provincia de Jaén evacua el informe número 23PI00149/14, que obra en el expediente y en el que manifiesta entre otras consideraciones: «A la vista de lo anterior, se emite informe favorable a la redacción de la propuesta de resolución de aprobación del deslinde».

A los anteriores hechos les resultan de aplicación las siguientes

NORMAS

Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía; Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes; Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable al caso.

A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESUELVE

1.º Aprobar el expediente de deslinde parcial del monte público «Arrancapechos», código de la Junta de Andalucía JA-11035-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en los términos municipales de Santiago-Pontones y Segura de la Sierra, provincia de Jaén, relativo a varias fincas de propiedad particular (en virtud de la sentencia judicial núm. 200, de 17 de noviembre de 2010, dictada por el Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Jaén), de acuerdo con las actas, planos e informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente, y Registro Topográfico que se incorpora en el Anexo.

2.º Que una vez firme la Orden de aprobación se proceda a realizar las modificaciones pertinentes en el Catálogo de Montes de Andalucía.

3.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

4.º Que se proceda a la cancelación de las anotaciones preventivas de deslinde realizadas según lo establecido en el artículo 127.4 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero.

5.º Que estando inscrito el monte público en el Registro de la Propiedad de Orcera con los siguientes datos registrales:

NOMBRE MUNICIPIO FINCA TOMO LIBRO FOLIO ALTA
Loma del Calar del Pino Santiago-Pontones 5245 435 70 de Santiago de la Espada 159
Calar del Pino Santiago-Pontones 9514 669 95 de Santiago de la Espada 47
Calarejos Santiago-Pontones 2680 292 45 de Santiago de la Espada 6
Pinar del Sahucar Santiago-Pontones 2679 292 45 de Santiago de la Espada 3
Collado de Góntar hasta los Besiges Santiago-Pontones 6788 793 110 de Santiago de la Espada 108
Arrancapechos Santiago-Pontones 3375 801 111 de Santiago de la Espada 187

Una vez sea firme la aprobación del deslinde y en virtud del artículo 133 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, se proceda a inscribir en el Registro de la Propiedad de Orcera el deslinde parcial del monte público «Arrancapechos», relativo a la sentencia judicial núm. 200, de 17 de noviembre de 2010, dictada por el Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Jaén en el Registro de la Propiedad, con cada uno de los piquetes de deslinde que se detallan en las correspondientes actas que obran en el expediente, y modificando la superficie registral las fincas 2679 y 3375 y, por tanto, la total del monte público, quedando como descripción de dichas fincas la que a continuación se cita:

Denominación: Pinar del Sahucar.

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía.

Término municipal: Santiago-Pontones y Segura de la Sierra.

Provincia: Jaén.

Finca registral: 2679.

Superficie total: 548,9387 hectáreas.

Límites:

Parcela 1: Superficie total y pública de 0,4414 ha.

Norte, sur y este: Terrenos de particulares en el término municipal de Segura de la Sierra.

Oeste: Prados particulares próximos al Cortijo de Prado Espinosilla en el mismo término municipal.

Parcela 2: Superficie total y pública de 548,4972 ha.

Norte: Desde Prado Espinosilla a Collado de Góntar.

Sur: Dicho punto de Piedras Rucias, Cerro de los Corzos, Arroyo del Sahucar y Labores de Los Anchos.

Este: Collado de Góntar, Riscas del Calar del Cobo, dicho Calar y Peñas divisorias del Calarejo.

Oeste: Entredicho de Prado Madero y Rincón de Tribaldos.

Denominación: Arrancapechos.

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía.

Término municipal: Santiago-Pontones.

Provincia: Jaén.

Finca registral: 3375.

Superficie total: 837,0436 hectáreas.

Límites:

Norte: Zona de monte Arrancapechos hasta el Arroyo de las Tres Cruces, perteneciente al término de Segura de la Sierra desde la Mahada de los Robles hasta el Arroyo de la Culebra (desde el mojón 88 hasta el 16 del amojonamiento).

Sur: Finca particular de Arrancapechos (desde el mojón 41 al 55 del amojonamiento).

Este: Cultivo de los Anchos, Arroyo de los Espinares del Sahucar y Terrenos pertenecientes a la umbría de la Raja del monte público Pinar del Sahucar que sigue por el Camino de las Casicas del río Segura hasta Loma del Calar del Pinar, para terminar en el lugar parte más allá de la lastra del recodo de los Maguillos (mojón 16 al 41).

Oeste: Finca particular Cerro del Mirandante del Término de Santiago-Pontones hasta la Majada de las Cabras (mojón 55 al 88 del amojonamiento).

El registro topográfico del expediente MO/00706/2013 se adjunta como Anexo a la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

Sevilla, 14 de agosto de 2015

josé gregorio fiscal lópez
Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

ANEXO

REGISTRO TOPOGRÁFICO DEL EXP. MO/00706/2013

COORDENADAS UTM (HUSO 30), ZONA: S

DATUM: EUROPEAN TERRESTRIAL REFERENCE SYSTEM 1989 (ETRS89)


PARCELA 1 (PERÍMETRO EXTERIOR)
1º TRAMO DE DESLINDE (PRADO ESPINOSILLA)
PIQUETE COORD. X (m) COORD. Y (m)
TV60 539335,848 4234618,916
TV60A 539352,777 4234632,898
TV60B 539305,691 4234678,594
TV60C 539287,363 4234746,349
TV60D 539294,030 4234803,813
TV60E 539265,166 4234790,708
TV60F 539231,247 4234783,368
TV60G 539217,228 4234786,182
TV60H 539183,316 4234827,601
TV66A 539035,222 4234728,024
TV67 539251,921 4234842,395

PARCELA 1 (PERÍMETRO EXTERIOR)
2º TRAMO DE DESLINDE (LOS ANCHOS)
PIQUETE COORD. X (m) COORD. Y (m)
TV123 536361,655 4230533,886
TV123A 536343,831 4230536,020
TV123B 536343,647 4230524,157
TV123C 536351,268 4230518,512
TV123D 536362,438 4230515,855
TV124 536363,085 4230500,916
TV125 536367,624 4230462,766
TV125A 536352,315 4230463,026
TV125B 536346,174 4230444,664
TV125C 536359,000 4230439,043
TV126 536332,483 4230365,626
PARCELA 8
PIQUETE COORD. X (m) COORD. Y (m)
TV65 538933,788 4234730,154
TV66B 539130,594 4234817,284
TV66A 539171,590 4234832,103
TV64 539033,458 4234732,295
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