Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 22/10/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia y Administración Local

Resolución de 16 de octubre de 2015, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, Presidencia de la Comisión Provincial de Valoraciones, por la que se emplaza a terceros interesados en el recurso número 554/2015, interpuesto ante la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que por cédula de notificación y requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, se da traslado de la Resolución adoptada con fecha 23 de septiembre de 2015, en los autos del Procedimiento Ordinario núm. 554/2015 (Negociado: 4), en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Dolores Lovera Prieto y Otros, contra el Acuerdo adoptado con fecha 10 de junio de 2015 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, y que fijó el justiprecio de los bienes expropiados en cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos cuarenta y seis con veintisiete céntimos (467.546,27 euros), en el procedimiento de fijación de justiprecio, tramitado en esta Comisión con el número 2013/044, figurando como Administración expropiante el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo y como sujetos expropiados doña María Dolores, don Cristóbal, don Rafael y don Juan Carlos Lovera Prieto.

Segundo. Que la citada notificación judicial tuvo entrada en esta C.P.V. de Córdoba (Registro de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba), con fecha 15 de octubre de 2015.

Tercero. Que mediante la referida resolución judicial, se requiere a esta Comisión Provincial de Valoraciones a la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional y a que practique los emplazamientos previstos en la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional, en el plazo de veinte días, contados a partir de que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.

Segundo. Conforme establece el art. 49 LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente al Juzgado, incorporando la justificación del emplazamiento efectuado.

En virtud de cuanto antecede, esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 85/2004, de 2 de marzo (BOJA núm 52, de 16.3.2004),

RESUELVE

Primero. Anunciar la interposición de recurso contencioso-administrativo formulado por doña María Dolores Lovera Prieto y Otros contra el Acuerdo adoptado con fecha 10 de junio de 2015 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, y que fijó el justiprecio de los bienes expropiados en cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos cuarenta y seis con veintisiete céntimos (467.546,27 euros), en el procedimiento de fijación de justiprecio, tramitado en esta Comisión con el número 2013/044, figurando como Administración expropiante el Ayuntamiento de Córdoba a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo y como sujetos expropiados doña María Dolores, don Cristóbal, don Rafael y don Juan Carlos Lovera Prieto.

Segundo. Remitir al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, como interesados en el procedimiento, fotocopia del requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, sede de Sevilla. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la LJCA se emplaza al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba y a aquellas personas, terceros interesados, a cuyo favor se hubieren derivado o derivasen derechos del Acuerdo impugnado, para que en el plazo de nueve días puedan personarse como demandados en dicho procedimiento. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Disponer, a tenor de lo preceptuado en el art. 49.2 en relación con los números 3 y 4 del art. 48 de la citada LJCA, el posterior envío del expediente administrativo al órgano jurisdiccional que lo ha requerido, debiéndose remitir fotocopia autenticada del expediente, foliado y acompañado de un índice de los documentos que contenga, en el plazo legalmente señalado.

Córdoba, 16 de octubre de 2015.- El Presidente de la Comisión Provincial de Valoraciones, Manuel Roldán Guzmán.

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