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Procedimiento: Social Ordinario 581/2013. Negociado: 1.
NIG: 4109144S20130006291.
De: Don José Luis Riego Viera.
Contra: Ociosur Écija UTE, Altamarca Gestión Deportiva, S.L., y FOGASA.
EDICTO
Doña Elísabet Ibáñez López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 581/2013, a instancia de la parte actora don José Luis Riego Viera contra Ociosur Écija UTE, Altamarca Gestión Deportiva, S.L., y FOGASA sobre Reclamación de Cantidad, se ha dictado Decreto cuya parte dispositiva es del siguiente contenido literal:
PARTE DISPOSITIVA
A C U E R D O
- Tener por desistido a don José Luis Riego Viera de su demanda frente a Ociosur Écija UTE, Altamarca Gestión Deportiva, S.L., y FOGASA.
- Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.
- Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida ajuicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (arts. 188 y 189 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social- Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social- Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Y para que sirva de notificación al demandado Ociosur Écija UTE actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a catorce de enero de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.
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