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Advertido un error en la Resolución de 29 de octubre de 2015, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Málaga, por la que se anuncia procedimiento abierto para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Dirección Provincial del SAE, y Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Málaga (expediente MA-S-02/15 DT-SAE-CPRL), publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 215, de 5 de noviembre (P.D. 2738/2015), se procede a su subsanación mediante Resolución de 5 de noviembre de 2015, de corrección de errores, como sigue:
ANTECEDENTES
Primero. Con fecha 5.11.2015, fue publicada en el BOJA núm. 215 (PD.2738/2015) Resolución de 29 de octubre de 2015, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Málaga, por la que se anuncia procedimiento abierto para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Dirección Provincial del SAE, y Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Málaga. Expediente: MA-S-02/15 DT-SAE-CPRL.
Segundo. De conformidad con el artículo único 1 y con la disposición transitoria primera del Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto (BOE núm. 213, de 5 de septiembre de 2015), no es exigible la clasificación del empresario para los contratos de servicios.
Tercero. Por tal motivo, advertido error material en el apartado 7 del anuncio relativo a los Requisitos específicos del contratista: Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional,
ACUERDO
Primero. Se proceda a su corrección al amparo de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el siguiente sentido:
Donde dice:
«....7. Requisitos específicos del contratista. Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional:
a) Clasificación: Grupo M, subgrupo 02, categoría A (obligatoria).
b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: La indicada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares....»
Debe decir:
«....7. Requisitos específicos del contratista. Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional:
a) Clasificación: No exigible.
b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: La indicada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares....»
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